Corte Suprema anula la prohibición de fondos para las escuelas religiosas en Maine

La decisión es una derrota para la Administración Biden

Por Matthew Vadum
21 de junio de 2022 4:45 PM Actualizado: 21 de junio de 2022 4:45 PM

La Corte Suprema votó 6-3 para anular como inconstitucional una ley de Maine que excluye a las familias de un programa de ayuda estudiantil si deciden enviar a sus hijos a escuelas religiosas, en una decisión publicada el 21 de junio.

El fallo supone una derrota para el gobierno de Biden, que apoyaba la postura de Maine.

En virtud del programa, los distritos escolares de este estado, mayoritariamente rural, ofrecen ayudas a la inscripción de los estudiantes que no tienen una escuela secundaria pública local para que puedan asistir a otras instituciones —incluso en países extranjeros— siempre que los fondos no se utilicen para la educación religiosa. Menos de la mitad de las 260 unidades administrativas escolares de Maine cuentan con una escuela secundaria pública propia.

Los demandantes en el caso son los padres David y Amy Carson, de Glenburn, Maine, junto con Troy y Angela Nelson, de Palermo, Maine. La demandada A. Pender Makin fue demandada en su capacidad oficial como comisionada del Departamento de Educación de Maine. Los peticionarios presentaron una demanda en 2018, alegando que el requisito «no sectario» del programa de asistencia de matrícula ofendía la Cláusula de Libre Ejercicio y la Cláusula de Establecimiento de la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, así como la Cláusula de Protección Igualitaria de la Decimocuarta Enmienda.

Los padres se remitieron a la decisión de la Corte Suprema de hace dos años en el caso Espinoza contra el Departamento de Hacienda de Montana, que sostuvo que un Estado no puede excluir a las familias y a las escuelas de participar en un programa de ayuda a los estudiantes debido a la condición religiosa de la escuela.

La decisión (pdf) en el caso Carson contra Makin, expediente judicial 20-1088, una apelación del Tribunal de Apelaciones de EE. UU. para el Primer Circuito, fue dictada por el presidente de la Corte Suprema, John Roberts. Los otros cinco jueces conservadores se unieron a la opinión de Roberts. Los jueces liberales Stephen Breyer y Sonia Sotomayor escribieron opiniones disidentes por separado.

Roberts escribió que «el requisito ‘no sectario’ de Maine para sus pagos de ayuda a la matrícula, de otro modo generalmente disponibles, viola la Cláusula de Libre Ejercicio».

«Independientemente de cómo se describa el beneficio y la restricción, el programa opera para identificar y excluir, en base a su ejercicio religioso, a las escuelas que de otro modo serían elegibles». El alto tribunal revocó la sentencia del 1er. Circuito y devolvió el caso a ese tribunal «para que se lleven a cabo procedimientos adicionales consistentes con esta opinión».

Roberts señaló que en la decisión de Espinoza la Corte Suprema consideró que una disposición de la Constitución de Montana que «prohibía la ayuda gubernamental a cualquier escuela controlada total o parcialmente por una iglesia, secta o denominación» violaba la Cláusula de Libre Ejercicio. La disposición que prohibía las ayudas provocaba un escrutinio estricto porque excluía «a las escuelas religiosas de los beneficios públicos únicamente por el carácter religioso de las escuelas», escribió el presidente del tribunal, citando a Espinoza.

«‘Un Estado no necesita subvencionar la educación privada’, concluimos, [p]ero una vez que un Estado decide hacerlo, no puede descalificar a algunas escuelas privadas únicamente porque son religiosas».

Roberts añadió que un «programa de beneficios neutral en el que los fondos públicos fluyen a las organizaciones religiosas a través de las elecciones independientes de los receptores de beneficios privados no ofende la Cláusula de Establecimiento».

En su disidencia, Breyer escribió que hay cierta «posibilidad en las uniones» entre las dos Cláusulas de Religión de la Primera Enmienda y esto «da a los Estados cierto grado de libertad de acción legislativa».

A veces permite a un Estado «promover los intereses antisistema reteniendo la ayuda a las instituciones religiosas sin violar las protecciones de la Constitución para el libre ejercicio de la religión. En mi opinión, el requisito no sectario de Maine entra de lleno en el ámbito de ese margen de maniobra constitucional».

En su disenso, Sotomayor lamentó que, en sus palabras, la Corte Suprema «sigue desmantelando el muro de separación entre la Iglesia y el Estado que los legisladores lucharon por construir», y que «nada en la Constitución requiere el resultado de hoy».

«Qué diferencia hacen cinco años. En 2017, yo temía que la corte nos estuviera «conduciendo… a un lugar donde la separación de la Iglesia y el Estado es un eslogan constitucional, no un compromiso constitucional», escribió, citando su disenso (pdf) en el caso Trinity Lutheran Church of Columbia Inc. v. Comer.

«Hoy, la corte nos lleva a un lugar donde la separación de la Iglesia y el Estado se convierte en una violación constitucional. Si un Estado no puede ofrecer subvenciones a sus ciudadanos sin estar obligado a financiar el ejercicio religioso, cualquier Estado que valore sus intereses históricos antisistema más que esta corte tendrá que reducir las ayudas que ofrece a sus ciudadanos. Con la creciente preocupación de hacia dónde nos llevará esta corte a continuación, disiento respetuosamente».


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