Corte Suprema autoriza la remoción de inmigrantes ilegales de reconteo para censo solicitada por Trump

Por Matthew Vadum
18 de diciembre de 2020 6:00 PM Actualizado: 18 de diciembre de 2020 6:00 PM

La Corte Suprema dictaminó que el gobierno federal puede eliminar a los inmigrantes ilegales del recuento del Censo de 2020, lo que elimina a esa población del proceso de asignación de escaños en el Congreso y de los votos del Colegio Electoral que determinan oficialmente la presidencia.

La decisión de 6-3 en Trump vs. Nueva York emitida el 18 de diciembre es una victoria para la administración Trump.

Colocado como un procedimiento judicial abreviado porque se acercan varios plazos relacionados con el censo, el argumento oral tuvo lugar telefónicamente ante los nueve jueces el 30 de noviembre.

La administración Trump quería que los inmigrantes ilegales fueran retirados del recuento del censo decenal para evitar que tuvieran un impacto en el reparto del poder político entre los estados.

Los estados y los gobiernos locales, incluyendo las llamadas jurisdicciones santuario, que se niegan a cooperar con los funcionarios federales de inmigración, demandaron para impedir que el plan de la administración siguiera adelante. Argumentaron que el presidente Donald Trump, republicano, estaba intentando interferir en el recuento e impedir que las zonas de tendencia demócrata con grandes poblaciones de inmigrantes ilegales obtuvieran escaños en el Congreso.

Pero el Tribunal Supremo consideró que su impugnación era prematura porque no podían demostrar ningún supuesto perjuicio concreto que pudieran sufrir. El fallo aparentemente deja abierta la posibilidad de más impugnaciones en el futuro y reconoce que la administración Trump puede tener dificultades para aplicar su política.

«En la actualidad, este caso está plagado de contingencias y especulaciones que impiden la revisión judicial», declaró el tribunal en un fallo sin firma.

«El presidente, sin duda, ha dejado claro su deseo de excluir a los extranjeros sin estatus legal de la base de reparto. Pero el presidente matizó su directiva disponiendo que «la información debe ser reunida ‘en la medida de lo posible’ y que los extranjeros deben ser excluidos ‘en la medida de lo posible’, citando las normas federales.

«Cualquier predicción de cómo el Poder Ejecutivo podría eventualmente implementar esta declaración general de política no es ‘más que una conjetura» en este momento’, declaró el tribunal citando el caso Los Ángeles contra Lyons (1983).

«Para empezar, puede que la política no sea factible de aplicar de ninguna manera, y mucho menos de una manera sustancialmente susceptible de perjudicar a cualquiera de los demandantes aquí presentes. Los litigios previos a la distribución siempre ‘presentan un blanco móvil’ porque la administración «puede hacer (y el presidente puede dirigir) cambios en el censo hasta que el presidente transmita su declaración a la Cámara».

El fallo de la Corte Suprema permite a la administración Trump tratar de implementar su política de recuento por ahora, aunque se espera que el procesamiento de los datos del Censo 2020 concluya en las próximas semanas. La ley actual requiere que el presidente presente un informe de redistribución obligatorio al Congreso el próximo mes, lo que podría conducir a la reducción de la financiación federal en los estados con grandes poblaciones de inmigrantes ilegales.

El juez Stephen Breyer presentó un fallo disidente, al que se unieron las juezas Sonia Sotomayor y Elena Kagan.

«El gobierno no niega que, si se lleva a cabo, la política perjudicará a los demandantes. Tampoco niega que aplicará esa política de forma inminente (en la medida en que pueda hacerlo). Bajo una aplicación directa de nuestros precedentes, los demandantes tienen derecho a demandar. La cuestión está madura para su resolución. Y, en mi opinión, los demandantes también deben prevalecer en el fondo».

«El simple significado de los estatutos gobernantes, décadas de práctica histórica e interpretaciones uniformes de las tres ramas del gobierno demuestran que los extranjeros sin estatus legal no pueden ser excluidos del censo decenal solo por ese estatus. El esfuerzo del gobierno para eliminarlos de la base de reparto es ilegal, y creo que este Tribunal debería decirlo. El Tribunal no está de acuerdo».

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