Corte Suprema confirma la junta que supervisará la reestructuración de la deuda de Puerto Rico

Por Janita Kan
01 de junio de 2020 5:14 PM Actualizado: 01 de junio de 2020 5:14 PM

La Corte Suprema confirmó el lunes, por unanimidad, la constitucionalidad de una junta de supervisión establecida para ayudar a Puerto Rico a salir de la crisis financiera y reestructurar sus miles de millones de dólares de deuda.

La Corte Suprema sostuvo que los miembros de la junta del gobierno —la Junta de Supervisión y Administración Financiera de Puerto Rico— fueron nombrados adecuadamente porque no eran oficiales federales de Estados Unidos que debían ser confirmados por el Senado. El fallo revoca la decisión de un tribunal inferior que amenazaba con interrumpir el proceso de recuperación de la isla, que incluye la reestructuración del panel de aproximadamente USD 120,000 millones de su deuda.

La junta de supervisión fue creada por el Congreso en 2016 bajo la Ley de Supervisión, Gestión y Estabilidad Económica de Puerto Rico. La ley permitió al presidente nombrar a sus siete miembros sin la confirmación del Senado, siempre que seis de esos miembros fueran seleccionados de las listas proporcionadas por los líderes del Congreso.

En 2016, el presidente Barrack Obama nombró a los siete miembros con derecho a voto de la junta, seis de los cuales fueron seleccionados de las listas recomendadas por los líderes del Congreso.

Los reclamantes, varios acreedores de Puerto Rico, argumentaron que los nombramientos eran ilegales porque los miembros no habían sido confirmados por el Senado. Algunos de quienes han reclamado son; Aurelius Investment, LLC, un fondo de cobertura que posee bonos de Puerto Rico, y Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego, Inc., un grupo laboral que representa a los trabajadores de la empresa de electricidad propiedad del gobierno de Puerto Rico.

Argumentaron que la junta ejerce una autoridad federal significativa y que el Congreso ha conferido a la junta poderes que van más allá de los ejercidos por los funcionarios territoriales (pdf).

Mientras tanto, la junta argumentó (pdf) que la Cláusula de Nombramiento de la Constitución de Estados Unidos no se aplicaba a los gobiernos territoriales. También alegó que el fallo del tribunal de apelaciones que se puso del lado de los demandantes pone en duda la «constitucionalidad del autogobierno territorial que el Congreso ha autorizado en las últimas siete décadas».

Los jueces de la Corte Suprema sostuvieron que la Cláusula de Nombramiento no dictaba cómo debían ser nombrados los miembros de la junta, porque sus poderes y deberes eran principalmente de naturaleza local, lo que significa que no eran «Oficiales de Estados Unidos» como se define en la cláusula.

«Las responsabilidades legales de la Junta consisten principalmente en deberes locales, es decir, representar a Puerto Rico en procedimientos de bancarrota y supervisar aspectos de las políticas fiscales y presupuestarias de Puerto Rico», escribió el juez, Stephen Breyer, en el dictamen (pdf).

«Por lo tanto, encontramos que los miembros de la Junta no son ‘Oficiales de Estados Unidos’», añadió.

Los jueces Clarence Thomas y Sonia Sotomayor estuvieron de acuerdo con el fallo del lunes y escribieron opiniones concurrentes separadas.

Reuters contribuyó a este informe.

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