Corte Suprema: extranjeros criminales que temen persecución en su país pueden apelar la deportación

Por Matthew Vadum
01 de junio de 2020 5:14 PM Actualizado: 11 de junio de 2020 12:08 PM

Una ley federal que prohíbe a un inmigrante libanés que cometió delitos graves impugnar un fallo de asilo negativo antes de ser deportado es inválida, según dictaminó la Corte Suprema el 1 de junio.

La decisión fue una derrota para la administración Trump, que se opone a la oferta del hombre de permanecer en los Estados Unidos. En la campaña de 2016, el entonces candidato presidencial Donald Trump prometió ser duro con aquellos que violan las leyes de inmigración de los Estados Unidos y con los no ciudadanos que cometen delitos graves en los Estados Unidos.

El fallo podría dificultar la deportación de extranjeros criminales en el futuro.

En 2007, el peticionario Nidal Khalid Nasrallah se convirtió en residente permanente legal de los Estados Unidos. Compró cigarrillos por valor de casi 600,000 dólares que creía que habían sido robados a agentes federales encubiertos. Se declaró culpable de dos delitos graves por recibir bienes robados en 2013 y fue condenado a un año de prisión.

La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) establece que un extranjero «condenado por un delito que implica vileza moral cometido dentro de los cinco años» de su admisión, por el cual «se puede imponer una sentencia de un año o más», puede ser expulsado de los Estados Unidos. La INA también despoja a los tribunales de su jurisdicción para revisar las órdenes de deportación definitivas de los extranjeros delincuentes declarados culpables de delitos considerados graves y con agravantes en virtud de la ley.

El gobierno determinó que las condenas de Nasrallah se calificaban como delitos graves con agravantes en virtud de la INA y un juez de inmigración determinó que estaba sujeto a deportación porque había cometido delitos que implicaban una vileza moral.

Nasrallah argumentó que sería injusto deportarlo porque se enfrentaría a una persecución religiosa. Como es miembro de la minoría religiosa drusa, afirma que podría ser perseguido en el Líbano por grupos terroristas musulmanes como Hezbolá si regresara allí.

La legislación federal que implementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura (CAT) impide que los extranjeros criminales sean enviados a países donde es probable que sean torturados.

Los argumentos orales del caso, conocido como Nasrallah contra Barr, en la apelación del 11º Circuito de la Corte de Apelaciones, fueron escuchados el 2 de marzo por el más alto tribunal de la nación.

En una nueva decisión escrita por el juez Brett Kavanaugh, la Corte Suprema falló 7 a 2 contra el gobierno. El juez Clarence Thomas escribió una opinión disidente, a la que se unió el juez Samuel Alito.

Según Kavanaugh, la Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante, la Ley de Reforma y Reestructuración de Asuntos Exteriores y la Ley de Identificación Real, establecen que las órdenes emitidas de conformidad con la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes «podrán ser revisadas junto con las órdenes finales de expulsión en un tribunal de apelaciones».

«Sería bastante fácil para el Congreso excluir la revisión judicial de las impugnaciones de hecho de las órdenes de la CAT, así como el Congreso ha excluido la revisión judicial de las impugnaciones de hecho de ciertas órdenes finales de expulsión», escribió el último magistrado en acceder a la Corte Suprema. «Pero el Congreso no lo ha hecho, y no es el papel adecuado de los tribunales reescribir las leyes aprobadas por el Congreso y firmadas por el presidente».

«Una orden de retención estatutaria impide el traslado de un no ciudadano a un país en el que su ‘vida o libertad se vería amenazada’ por su ‘raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social determinado u opinión política’. Esa cuestión no se presenta en este caso, y por lo tanto dejamos su resolución para otro día», escribió Kavanaugh.


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