Diputados mexicanos aprueban ley sobre revocación de mandato del presidente

Por Noticia de agencia
08 de septiembre de 2021 2:27 PM Actualizado: 08 de septiembre de 2021 2:27 PM

La Cámara de Diputados de México aprobó este martes, en lo general y en lo particular, la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Revocación de Mandato, que establece mecanismos para llevar a cabo una consulta a la ciudadanía sobre la continuidad del presidente.

Tras una discusión de seis, la aprobación de la nueva ley se dio en lo general con 491 votos a favor, uno en contra y una abstención y posteriormente la Cámara de Diputados la envió al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Mientras que en lo particular fue aprobada con 290 votos a favor, 195 en contra y cero abstenciones.

El proyecto, que se aprobó sin cambios al que había avalado el pasado viernes la Cámara de Senadores, confirmó la pregunta a realizar en el ejercicio en marzo de 2022: «¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?».

El proyecto de decreto, que fue considerado de urgente resolución y se sometió a discusión y votación de inmediato, tiene como objetivo «regular y garantizar el ejercicio del derecho político de las y los ciudadanos a solicitar, participar, ser consultados y votar por la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República, mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible».

Además, se precisó que el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.

El proceso de revocación de mandato es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía «para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza».

Para dar paso a este proceso, «se procedería únicamente a petición de los ciudadanos en un número equivalente, al menos, al 3 % de los inscritos en la lista nominal de electores, distribuidas en, al menos, 17 estados, y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada uno de ellos.

También se apuntó que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en el proceso de Revocación de Mandato, pero se abstendrán de aplicar los recursos derivados del financiamiento público.

Además, queda prohibido el uso de recursos públicos para la recolección de firmas, así como con fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de Revocación de Mandato.


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