Inmigración: Cómo Biden está violando la Constitución

Por Robert G. Natelson
14 de octubre de 2021 3:20 PM Actualizado: 14 de octubre de 2021 3:20 PM

Comentario

Los críticos de la no defensa de la frontera sur por parte del presidente Joe Biden han hecho hincapié en su deber constitucional de «velará por el fiel cumplimiento de las leyes» (Constitución de Estados Unidos, artículo II, sección 3).

Es un buen argumento, pero tiene algunos puntos débiles. El deber de «velar» es intrínsecamente discrecional, por lo que es poco probable que los tribunales lo apliquen. Es casi seguro que una demanda para «velar» se consideraría no exigible ante la justicia.

Algunos han sugerido un impeachment por el incumplimiento de «velar», pero esto tampoco funcionaría. Recuerde que uno de los pilares de la exitosa defensa del presidente Donald J. Trump contra la destitución fue que la condena requiere la prueba de un delito grave. Cualquier esfuerzo de los republicanos por dar marcha atrás en esa posición se encontraría con el escarnio público.

Además, esa posición es la correcta. Los motivos de la Constitución para la destitución son «traición, cohecho u otros delitos graves y faltas leves» (Artículo II, Sección 4). Los tres primeros son delitos graves, y los nuevos resultados de la investigación nos dicen que la frase «faltas leves» significa crímenes atroces que no merecen la pena de muerte (pdf). La mera negligencia en el cumplimiento del deber, por muy atroz que sea, no es una falta leve, a menos que cumpla las normas tradicionales de criminalidad.

Pero hay otra disposición constitucional relevante para la conducta de la Administración Biden, menos notoria, pero igual de importante. Es el Artículo IV, Sección 4:

“Estados Unidos garantizará a todos los estados de esta Unión una forma de gobierno republicana y protegerá a cada uno de ellos contra cualquier invasión; y cuando así lo solicite la Asamblea Legislativa, o el Ejecutivo (si no es factible convocar a la primera), también los protegerá de la violencia interna».

Esta disposición se conoce como la Cláusula de Garantía.

Qué hace la Cláusula de Garantía

La Cláusula de Garantía impone obligaciones y otorga implícitamente al gobierno federal el poder de cumplir con esas obligaciones. Aunque los cursos de derecho constitucional suelen restar importancia a la Cláusula de Garantía, es una de las disposiciones más importantes de la Constitución. Estabiliza la Unión. Es la principal fuente del poder federal de defensa nacional. A veces autoriza la acción militar sin una declaración de guerra: todos hechos no mencionados por muchos escritores constitucionales.

La Cláusula de Garantía impone tres obligaciones específicas a «los Estados Unidos», que en este contexto significa el gobierno de Estados Unidos. Son:

  • garantizará a todos los estados de esta Unión una forma de gobierno republicana
  • protegerá a cada uno de ellos contra cualquier invasión; y
  • cuando así lo solicite la Asamblea Legislativa, o el Ejecutivo, también los protegerá de la violencia interna.

Forma de gobierno republicana

La obligación de garantizar que los estados sean de tipo republicano permite al gobierno federal estabilizar la Unión evitando que los estados caigan en la monarquía o la anarquía.

Mucha gente piensa que «republicano» significa excluir la democracia directa en favor de instituciones totalmente representativas. Eso es incorrecto: es un mito derivado de una disputa política en la década de 1840. Los registros de la época de la fundación muestran que una «forma de gobierno republicana» es aquella que sigue el imperio de la ley y es responsable en última instancia ante la ciudadanía y no ante un monarca (pdf).

La parte de la Cláusula de Garantía relativa a la «forma republicana de gobierno» no es relevante para la crisis actual. Ninguno de nuestros estados es una monarquía o una anarquía. La crisis es el flagrante desprecio de la Administración Biden por el Estado de Derecho.

Invasión

La segunda obligación de la Cláusula de Garantía es proteger a los estados contra la invasión. Los antecedentes de la época de los Fundadores confirman que, tal como la Constitución utiliza el término, invasión no significa una incursión de una pandemia o de abejas asesinas. Significa una invasión humana procedente de un país extranjero.

Hoy en día, solemos pensar en una invasión como una operación militar. Pero la Constitución a veces utiliza las palabras de forma diferente a como lo hacemos nosotros. Para determinar el verdadero significado de la Constitución, a menudo hay que examinar las fuentes de la época de los Fundadores. Por ejemplo, los académicos y los jueces de la Corte Suprema suelen consultar diccionarios del siglo XVIII (pdf) para saber cómo entender las palabras y frases de la Constitución.

Esos diccionarios nos dicen que la invasión se refería con frecuencia a incursiones distintas de los ataques militares. Así, el diccionario inglés de Nathan Bailey de 1783 la describía como «una incursión sobre un país, una [sic] usurpación o intrusión». (Los diccionarios de la época de la fundación solían separar las definiciones alternativas solo por la puntuación, en lugar de por números). Bailey definió la usurpación como «tomar indebidamente para uso propio lo que pertenece a otro». No era necesaria la violencia real.

«Usurpación» e «intrusión» ciertamente describen lo que los inmigrantes ilegales están haciendo en la frontera.

Aquí está la entrada para la invasión en el diccionario de Francis Allen de 1765: «la entrada o el ataque de un enemigo en las posesiones o dominios de otro; una intrusión, o un ataque ilegal de los derechos de otro«. (Cursiva añadida.) Las dos últimas definiciones describen claramente lo que está ocurriendo en la frontera hoy en día.

Del mismo modo, en la recopilación de Frederick Barlow (1772-73), invadir era «entrar en un país de forma bélica. Atacar; acometer o asaltar. Hacer el primer ataque. Aprovechar como un enemigo. Infringir«. (La cursiva no es del texto original).

Independientemente de que los enjambres de inmigrantes ilegales estén atacando, acometiendo o asaltando, lo cierto es que están invadiendo.

Al definir invadir e invasión, algunos lexicógrafos del siglo XVIII añadieron el adjetivo «hostil». El diccionario de Thomas Sheridan de 1789 definió invasión como «Entrada hostil en los derechos o posesiones de otro, intrusión hostil». Las compilaciones de John Ash (1775) y William Perry (1789) también insertaron «hostil», al igual que el célebre diccionario de Samuel Johnson (múltiples ediciones; publicado por primera vez en 1756).

Sin embargo, en el uso del siglo XVIII, hostil no implicaba necesariamente un ataque de tipo militar. A menudo significaba «adverso a» o «sin permiso». Johnson, por ejemplo, dio tres definiciones de hostil: (1) adverso, (2) opuesto y (3) adecuado a un enemigo. Solo la última se parece a una operación militar. La entrada en el diccionario de Ash era similar.

Este uso no militar sobrevive en la ley de posesión adversa de la tierra. Cuando los tribunales dicen que el uso de la tierra por parte de un poseedor adverso debe ser «hostil», no quieren decir que el poseedor deba marchar con las enseñas desplegadas. Solo quieren decir que debe tomar posesión sin el permiso del propietario.

Esta es la cuestión: La situación actual en la frontera del sur —masiva y aparentemente coordinada— es una «invasión» tal y como la Constitución utiliza el término. El hecho de que Biden no la detenga es una violación de la Cláusula de Garantía.

Violencia interna

La tercera obligación impuesta por la Cláusula de Garantía es la de proteger a los estados contra la violencia interna cuando se les pide formalmente que lo hagan. Aunque los inmigrantes ilegales han cometido bastantes actos de violencia, ninguna de las legislaturas estatales ha exigido protección en virtud de esta parte de la Cláusula de Garantía. Si un estado lo hace, eso desencadenará otra obligación presidencial.

Sin embargo, en vista del flagrante autoritarismo de la administración, los estados bien pueden ser cautelosos a la hora de pedir que las tropas federales entren en su territorio.

¿Se pueden hacer cumplir estas obligaciones?

La Corte Suprema ha sostenido que las cuestiones relativas a la forma republicana de gobierno deben ser resueltas por el Congreso, no por el poder judicial. Estos casos no son justiciables. Sin embargo, en el caso de las otras dos obligaciones, el caso para la revisión judicial es mucho mejor. Si un estado demanda al gobierno federal por no haberlo defendido contra una invasión o contra la violencia interna, entonces hay dos partes adversas —el estado y el gobierno federal— cada una de ellas muy motivada para presentar a los jueces la información que necesitan para decidir el caso. Este es un criterio importante para la justiciabilidad.

Incluso si los tribunales se niegan a ser competentes, un Estado que presenta una acusación formal presenta su caso ante el tribunal de la opinión pública: «Estamos siendo invadidos. Hemos pedido ayuda. El presidente está obligado a prestarla pero se niega a hacerlo. Hagan que rinda cuentas».

Todos los estados de la frontera sur deberían hacer esas acusaciones formales. Alto y claro.

Robert G. Natelson, exprofesor de derecho constitucional y miembro principal de jurisprudencia constitucional en el Independence Institute de Denver, ha publicado un destacado artículo académico sobre la Cláusula de Garantía (pdf), escribió la entrada sobre la Cláusula de Garantía en «Heritage Guide to the Constitution«, y es autor de «The Original Constitution: What It Actually Said and Meant» (3ª ed., 2015).


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Las opiniones expresadas en este artículo son propias del autor y no necesariamente reflejan las opiniones de The Epoch Times

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