La Corte de Apelaciones de Nuevo México confirmó el miércoles la norma estatal diseñada para reducir las emisiones de contaminantes precursores del ozono de los operadores de petróleo y gas en los condados con altos niveles de ozono.
El fallo se refiere a la apelación de la Asociación Independiente de Petróleo de Nuevo México (IPANM) que impugnaba la adopción de la norma por parte de la Junta de Mejora Ambiental en 2022, que según IPANM era «ilegal».
La norma exige a los operadores de petróleo y gas de ocho condados (Chaves, Doña Ana, Eddy, Lea, Río Arriba, San Juan, Sandoval y Valencia) que realicen inspecciones mensuales de fugas y cumplan las normas de emisiones de óxidos de nitrógeno y compuestos orgánicos volátiles.
Los precursores del ozono son óxidos de nitrógeno y compuestos orgánicos volátiles que reaccionan químicamente en la atmósfera en presencia de la luz solar, produciendo ozono troposférico, que puede ser perjudicial para la salud humana.
En un dictamen de 22 páginas presentado el miércoles, la corte rechaza las alegaciones del IPANM que dicen que la Junta se basó en datos erróneos y obsoletos para su norma sobre precursores del ozono.
«Aparte de afirmar sumariamente que la Junta tenía que actualizar los modelos en los que se basó para tener en cuenta los cambios en la norma propuesta, el apelante no desarrolla un argumento que apoye su afirmación de que las conclusiones de la Junta no estaban respaldadas por pruebas sustanciales», señala la orden.
El IPANM había argumentado que la norma no debía aplicarse a los condados de Chaves y Río Arriba, ya que no había pruebas de que los niveles de ozono en estos condados superaran el 95 por ciento de la norma federal de calidad del aire ambiente.
Pero la corte rechazó este argumento, señalando que ambos condados están situados «dentro de la zona del estado» donde las concentraciones de ozono superan el umbral.
La norma exime a las pequeñas empresas de ciertos requisitos. Definía a las pequeñas empresas como entidades de propiedad independiente con unos ingresos brutos anuales inferiores a 250,000 dólares y una plantilla de 10 empleados o menos.
IPANM pidió al tribunal que suprimiera la disposición sobre ingresos brutos, alegando que era arbitraria porque los ingresos «no tienen relación con el tamaño real de la empresa» y están vinculados a los fluctuantes precios del mercado del petróleo y el gas.
El tribunal no estuvo de acuerdo, citando la explicación de la junta de que su inclusión de la disposición sobre ingresos brutos anuales ayudaba a equilibrar el coste del cumplimiento con la capacidad de una empresa para financiar esos costes.
Las pruebas presentadas por el Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México mostraban que el coste medio anual del cumplimiento era de 37,945 dólares. También indicaba que, de media, el cumplimiento de la normativa cuesta a una pequeña empresa 4385 dólares por pozo, y «muy pocas empresas tienen unos ingresos por pozo inferiores a esa cantidad», según la orden de dictamen.
The Epoch Times se puso en contacto con el IPANM para recabar sus comentarios, pero al cierre de esta edición no había recibido respuesta.
Los organismos reguladores estatales prevén que la norma reducirá las emisiones de precursores del ozono en unos 260 millones de libras al año y las de metano en más de 851 millones de libras al año.
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