Por primera vez juez en México autoriza poseer, portar, emplear y usar cocaína

Por Anastasia Gubin
21 de Agosto de 2019 12:47 PM Actualizado: 21 de Agosto de 2019 12:59 PM

Un juez de la Ciudad de México emitió dos fallos históricos permitiendo el consumo personal y lúdico de cocaína a dos personas de una ONG, que podrían ser el primer paso antes de las reformas anunciadas por el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, para despenalizar algunas drogas.

La decisión que puso en alerta a la comunidad opositora de legalizar el consumo de drogas, fue de parte del juez Víctor Octavio Luna Escobedo, experto en materia de amparo en la legislación mexicana, actualmente en la sala 14 del juzgado en Materia Administrativa de la Ciudad de México ante un amparo de a ONG México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), informó Animal Político, el martes 20 de agosto.

La ONG confirmó que el hecho ocurrió “en mayo” y aún debe ser conformado por un Tribunal Colegiado.

“Un juzgado de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México otorgó a integrantes de nuestra organización dos amparos que ordenan a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) autorizar la posesión, transporte, empleo y uso de cocaína, excluyendo todo acto de comercio”, dijo la MUCD.

No queda claras cuales son las herramientas que tendrá la justicia mexicana para determinar que las personas portadoras de una dosis de cocaína fuera de su domicilio no estarán comercializando la droga.

La ONG, dijo al mismo tiempo que este amparo busca “eliminar la criminalización de personas usuarias de distintas sustancias y reforzar la intención del gobierno actual de reformular el combate a las drogas”.

Las autoridades del Sur de California informaron de la detención de un ciudadano mexicano que se identificó como agente de policía y que portaba drogas escondidas en su vehículo. Imagen de archivo (EFE)

El medio Animal Político informó que leyó uno de los fallos, fechado a 17 de mayo, y encontró que la ONG MUCD presentó el amparo después de que tramitó una petición de poder hacer “uso personal adulto” de cocaína ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y esta no fue atendida. Recurrió a los tribunales en un juicio de amparo indirecto.

El fallo del juez Luna agrega además que la persona portadora de cocaína, no puede“conducir vehículos o emplear instrumentos peligrosos bajo los efectos de la sustancia”, tampoco consumir “en lugares públicos, ni en presencia de menores de edad, ni para inducir a terceros a que también consuman”.

“No deberá introducir, consumir o acudir a su trabajo, ocupación, profesión, empleo, oficio o arte bajo el efecto de la cocaína”, añade.

Esta autorización “está limitada a 500 miligramos diarios, que es la cantidad que se incluye en la “Tabla de Orientación de Dosis Máximas de Consumo Personal e Inmediato” establecida en el artículo 479 de la Ley General de Salud”.

Pese a que existe esta normativa en la Ley General de Salud, mencionando los diferentes tipos de drogas, no solo cocaína, la posesión de drogas en México es un delito en los tribunales de justicia y normalmente si una persona es detenida con estas cantidades fijadas por la normativa o algo inferior es conducida ante el Ministerio Público.

Incluso si una misma persona es arrestada en tres ocasiones con cantidades para uso personal está obligado a acudir al “tratamiento que corresponda”, señala el informe.

Sin embargo el presidente izquierdista de México, Andrés Manuel López Obrador, ya había indicado que su gobierno podría impulsar reformas de ley para despenalizar algunas drogas. Las medidas del juez Luna pueden estar dando el primer paso.

Informes desde el vecino país, Estados Unidos, determinan que el uso de cocaína una droga altamente adictiva, y dan la alarma ya que ha causado en los últimos años un aumento de número de muertes por sobredosis de drogas. “Entre 70,237 muertes por sobredosis de drogas en 2017, casi un tercio (23,139 [32.9%]) involucró cocaína, psicoestimulantes o ambos”, destaca el Centro de Control de Enfermedades (CDC).

Cofepris pidió que el fallo fuese revisado, por lo que el caso está en manos de un Tribunal Colegiado compuesto por tres magistrados. Si ratifican la sentencia, esta será la definitiva. Si se desestima el amparo otorgado, ya que no cabe recurso posible, informó Vanguardia.

Se desconoce aún si los tres magistrados tomarán la última decisión o si, por el contrario, se declinan por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN).

“En las próximas semanas podremos saber si los casos son resueltos por los Tribunales Colegiados de Circuito o por la Suprema Corte de Justicia de la Nación debido a su importancia y trascendencia. Independientemente de quien dicte las sentencias, serán definitivas e inapelables”, dijo Víctor Daniel Gutiérrez Muñoz, coordinador de proyectos de la ONG y uno de los abogados encargados del caso, reportó Vanguardia.

“No queda más que entender si esta decisión dará paso a la liberalización del uso de la sustancia”, destacó un opinionista de redes sociales sobre el tema de la droga en Twitter,

“Sin duda, una innovación importante para un país desgarrado por la guerra de drogas guiada por los cárteles”, añadió.

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