“Frente a la maldad, los seres humanos podemos: mantenernos indiferentes o solidarizarnos”

20 de diciembre de 2009 4:54 AM Actualizado: 24 de abril de 2015 3:57 PM

BUENOS AIRES – Tras el fallo histórico del Juez del Juzgado nº 9 de Argentina, el Dr. Octavio Aráoz de Lamadrid, en el que ordenó el procesamiento y pedido internacional de captura del ex mandatario comunista chino Jiang Zemin y su mano derecha Luo Gan por los cargos de “Genocidio y torturas” a los practicantes de Falun Gong en China, La Gran Época habló con uno de los abogados de la querella, el Dr. Alejandro Cowes.

¿Puede resumirnos de qué se trata el caso y el fallo del viernes?

En resumen, el Juez Aráoz de Lamadrid admitió valientemente en 2006 una denuncia de la Asociación Civil Estudio de Falun Dafa en Argentina, dando paso a la investigación de los terribles crímenes de genocidio y tortura que se vienen cometiendo en China Continental por parte del aparato estatal gobernado por el Partido Comunista contra los practicantes de Falun Gong. El juez ha sido fiel a la actual tendencia del derecho internacional con el fin de dar acceso a la justicia a víctimas de crímenes de lesa humanidad, lo cual es imposible en el país donde residen y donde sufren dichas violaciones. Y el viernes pasado, después de cuatro años de ardua investigación, ha decido el procesamiento y la orden de captura de Jiang Zemin y Luo GAN, ex líder y ex Secretario del Comité de Asuntos Políticos y Legales del Comité Central del Partido Comunista Chino, para tomarles declaración indagatoria.

¿Cuáles son las consecuencias inmediatas de la resolución?

Se descuenta que los imputados no podrán ser detenidos y extraditados desde China, ya que aún rige el mismo aparato que está llevando a cabo la persecución. Pero si cualquiera de los dos ex funcionarios viaja al exterior, será detenido inmediatamente y permanecerá incomunicado, porque ya está la orden en la Interpol. La extradición dependerá de la existencia del convenio pertinente con cada país o, en su defecto, de la voluntad de cooperación del país en cuyo suelo se encontrase alguno de los imputados.

¿Y una vez extraditados?

El juez les tomará declaración indagatoria, y luego deberá decidir su enjuiciamiento.

¿Hay precedentes de un caso como este?

En el caso de Argentina, a nivel jurídico, es la primera vez que se acepta la extraterritorialidad en el tratamiento de un delito. A nivel mundial, el caso también es único por reunir cualidades como la aplicación de la jurisdicción universal, la contemporaneidad de los hechos denunciados y el primer pedido de captura entre los tantos crímenes denunciados sobre la dictadura comunista en China. Hay un caso bastante similar en España, en el que el Juez Isamel Moreno ha enviado por vía diplomática una Comisión Rogatoria a las autoridades chinas acusadas, aunque aún no se ha cumplido el plazo para emitir una orden de captura.

En particular, además del precedente jurídico, también resalta la magnitud del delito que denunciando, el cual tiene como víctimas, en distintos grados, a cien millones de personas inocentes, quienes han sufrido o están en peligro de sufrir arrestos ilegales, torturas o incluso ser asesinados por sus órganos, en el marco de una persecución que apunta a desarraigarlos de su creencia espiritual legítima.

Pero, principalmente, hay que tener especial consideración sobre el hecho de que estos crímenes no son sólo del pasado sino que aún se están cometiendo. Actualmente, la mayoría de los casos de crímenes de lesa humanidad corresponden a delitos de hace diez, veinte o incluso setenta años atrás. Aquí no se trata de buscar justicia para condenar a quien realizó un mal ya consumado en su totalidad, lo cual, por supuesto, sería muy importante. En este caso, sobre la base de pruebas contundentes, el Juez Aráoz de Lamadrid ha decidido procesar a los responsables de delitos ya cometidos, pero que se siguen cometiendo; y esto puede ser el principio del fin de una persecución que ya lleva cerca de medio millón de desaparecidos.

¿Qué tipos de evidencias aportó en la investigación?

Declaraciones de decenas de testigos, quienes hicieron largos viajes hasta Argentina desde América del Norte, Europa y Oceanía para traer una visión cruda y muy concreta de la siniestra actitud hacia los derechos humanos por parte del Partido Comunista Chino; otras pruebas audiovisuales; y también números informes de investigación elaborados por organizaciones e individuos de amplio reconocimiento en materia de derechos humanos. Entre los informes presentados, destaco el informe del periodo de sesiones nº 62 de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, elaborado por el Relator Especial para la Tortura, Manfred Nowak; y también el “Informe de investigación sobre la sustracción de órganos a practicantes de Falun Gong en China”, producido en 2006 por el David Kilgour (ex  parlamentario y ex Secretario de Estado de Canadá para la Región de Asia-Pacífico) y por David Mattas, un renombrado abogado de derechos humanos con numerosos reconocimientos por sus trabajos en derechos humanos y su trayectoria en organizaciones Amnesty International.

La persecución ocurre desde 1999, y el principio de jurisdicción universal tampoco es nuevo, ¿entonces por qué recién ahora sale un fallo como este?

Obviamente las leyes no funcionan solas, y lo mismo ocurre con las instancias judiciales; finalmente, con las herramientas legales y jurídicas, es el ser humano el que tiene que tomar las decisiones.

Frente a la maldad, los seres humanos podemos: mantenernos indiferentes, o solidarizarnos con las víctimas en la forma que cada uno pueda o considere más apropiada. En el caso de un juez correcto como Araoz de Lamadrid, no le queda otra alternativa que investigar, tratando de llegar a la verdad y decidir su juzgamiento si llega a la convicción de que se está cometiendo un delito, y esto es lo que hizo.

Todos tenemos un código moral que nos obliga, de manera intima, a discernir si algo o alguien es bueno o malo. Bajo mi percepción personal, el Juez tomó la decisión de juzgar a los representantes de un régimen, no solo por las leyes, tratados y los principios correctamente citados en el fallo, que lo legitiman y legalizan; sino también de acuerdo con un código moral.

¿Qué significado tiene el fallo para Argentina, para China y para la comunidad internacional?

Para Argentina: que está siendo protagonista, de una forma más eficiente y certera, en la provisión de justicia frente a los atropellos de los estados autoritarios que no dudan en practicar crímenes horrendos  contra ciudadanos por ejercer su libertad natural de pensar de acuerdo a sus convicciones. Ubica al país como líder en la aplicación del derecho internacional y en la defensa de los derechos humanos, como ejemplo a seguir en un rumbo que el mundo hoy necesita más que nunca. Al menos se puede decir que el juez Aráoz de Lamadrid está a esta altura; ahora hay que ver si el país está a la altura del juez.

Para China, o mejor dicho para el pueblo Chino: que este podría ser el principio del fin de una dictadura que lleva 60 años en el poder, ejercido mediante una represión sangrienta con más de 85 millones de víctimas.

Y para la comunidad internacional es un llamado de alerta; que este juez, a través de este valiente fallo, está enfrentando a los representantes de un poder monstruoso que domina mentes y voluntades a través de dinero conseguido gracias a la explotación y represión de un pueblo harto del régimen gobernante.

¿Y a nivel personal, qué significa este caso y este último fallo para usted?

Recuerdo como si fuera hoy las palabras de Alexandru Víctor Micula, Embajador de Rumania en Argentina, en el Seminario Internacional ‘Experiencia socialista y transiciones’, organizado por CADAL, el Instituto Hayek y el Departamento de Historia de la Universidad de Belgrano, con motivo de recordar el aniversario de la caída del muro de Berlín, en Noviembre de 2005. Dijo, “Nadie que no haya vivido bajo una dictadura comunista puede tener idea de lo que esto significa”. Y se refirió al control por parte del partido gobernante desde el nacimiento hasta la muerte de las personas en todos los aspectos, y la opresión insoportable que representó para su pueblo.

Sin embargo, puedo afirmar que a lo largo de estos cuatro años que llevó la investigación, los informes y bibliografía que tuve oportunidad de leer, las conferencias a las que asistí, las declaraciones de testigos que escuché, pude llegar a comprender de la manera más cruda lo que significaron las palabras de Alexandru Micula. Por eso es que no me arrepiento de haber iniciado y continuado hasta este momento clave de la lucha por la verdad que desenmascara la crueldad del sistema comunista, un sistema que representa   mucho más que  la expropiación de las grandes propiedades y  la expulsión de las multinacionales, sino que pasa por el mantenimiento de un estado policíaco opresivo carente de libertad de culto, de asociación, de pensamiento, en definitiva, de la libertad íntegra tal como se la entiende en las democracias libres de occidente.

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