Gob. de Luisiana promulga ley que contempla cierre de clínicas de aborto si se anula caso Roe vs. Wade

Por Naveen Athrappully
22 de junio de 2022 5:57 PM Actualizado: 22 de junio de 2022 5:57 PM

El gobernador demócrata de Luisiana, John Bel Edwards, promulgó el proyecto de ley 342 del Senado el 21 de junio, que prohíbe casi todos los abortos en el estado y crea sanciones penales para los proveedores de servicios de aborto que no respeten con la ley.

“Mi posición sobre el aborto ha sido inquebrantable—estoy a favor de la vida y nunca me he escondido de ese hecho”, escribió Bel Edwards en una carta del 18 de junio al presidente del Senado de Luisiana, Page Cortez.

Bel Edwards pretendía que la legislación incluyera excepciones para casos de violación e incesto, pero en la carta a Cortez, el gobernador dijo que vetar el proyecto de ley no habría logrado ese fin.

“De hecho, vetar el Proyecto de Ley 342 del Senado dejaría menos excepciones que si el proyecto de ley se convirtiera en ley y confundiría aún más si el embarazo comienza con la fertilización o la implantación. Por estas razones, promulgué el Proyecto de Ley del Senado 342 como ley”.

En 2006, la Legislatura de Luisiana promulgó R.S. 40:1061, la llamada «ley gatillo» que entraría en vigor y prohibiría el aborto en el estado si la Corte Suprema de EE. UU. revocara total o parcialmente la sentencia Roe vs. Wade de 1973.

Roe vs. Wade prohíbe que las legislaturas estatales prohíban los abortos al menos durante el primer trimestre.

Muchos republicanos y activistas pro-vida han criticado durante mucho tiempo la decisión como una violación a los derechos de los estados y han trabajado diligentemente para el caso sea anulado.

Qué significa la nueva ley

En Luisiana, R.S. 40:1061 establece dos excepciones a la prohibición del aborto: 1) cuando la vida de la mujer embarazada está en peligro, y 2) cuando un tratamiento médico dado a la mujer embarazada resulta en muerte fetal no intencional.

El Proyecto de Ley del Senado 342 amplía las excepciones para incluir: 1) procedimientos médicos realizados con la intención de salvar a un niño por nacer, 2) procedimientos médicos realizados después de un aborto espontáneo de una mujer embarazada, 3) tratamiento y extracción de un embarazo ectópico, y 4) procedimientos médicos para remover a un niño por nacer que tiene una anomalía genética que es incompatible con el mantenimiento de la vida después del nacimiento.

No se prevén excepciones en caso de incesto o violación.

Según la ley anterior, los proveedores de servicios de aborto se enfrentarían a multas de entre USD 5,000 y USD 50,000 y penas de prisión de uno a cinco años. Con la nueva ley, las penas se elevan a multas de USD 10,000 a USD 100,000 y penas de cárcel de uno a 10 años.

Las mujeres embarazadas que aborten no estarán sujetas a cargos penales. La ley entrará en vigor si la Corte Suprema anula la decisión Roe vs. Wade de 1973.

El gobernador también promulgó la ley SB 388, que hace ilegal que cualquier persona envíe píldoras abortivas a los residentes de Luisiana por correo. El castigo por violar esta norma sería una pena de cárcel de uno a cinco años y multas de hasta USD 50,000.

Un borrador de opinión de la Corte Suprema que se filtró en mayo de 2022 indica que la corte votó preliminarmente para anular Roe vs. Wade. Desde entonces, se ha generado una serie de ataques contra organizaciones pro-vida y centros de embarazo.

Según un informe de Pro-Life America, en las últimas semanas se han producido más de 40 ataques de este tipo contra personas y organizaciones.


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