Jueza federal dice que inmigrante ilegal puede portar armas

La sentencia del Tribunal Supremo de EE.UU. declara inconstitucional el intento de prohibir a un inmigrante ilegal la posesión de armas de fuego, concluye el juez

Por Zachary Stieber
18 de marzo de 2024 1:54 PM Actualizado: 19 de marzo de 2024 3:01 PM

A un inmigrante ilegal se le prohibió erróneamente poseer armas de fuego, según una reciente sentencia.

Una ley federal, 18 U.S.C. § 922 les prohíbe a los inmigrantes ilegales portar armas o municiones. Los fiscales acusaron a Heriberto Carbajal-Flores, el extranjero ilegal, en 2020 después de que lo encontraron en Chicago portando una pistola semiautomática a pesar de “saber que era un extranjero ilegal en Estados Unidos”.

La jueza de distrito estadounidense Sharon Johnson Coleman rechazó 2 mociones de desestimación, pero la tercera moción, basada en un fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos de 2022, provocó la desestimación del caso el 8 de marzo.

“El estatuto de posesión para no ciudadanos, 18 U.S.C. § 922(g)(5), viola la Segunda Enmienda aplicada a Carbajal-Flores”, escribió la jueza Coleman, nombrada durante la presidencia de Barack Obama, en su fallo de 8 páginas. “Por lo tanto, el tribunal concede la moción de desestimación de Carbajal-Flores”.

Los abogados del Sr. Carbajal-Flores habían argumentado en la moción más reciente de desestimación que el gobierno no podía demostrar que la ley en cuestión era “parte de la tradición histórica que delimita los límites exteriores del derecho a poseer y portar armas”.

En 2022, la Corte Suprema determinó que la Segunda Enmienda de la Constitución de Estados Unidos “presuntamente protege” la conducta cubierta por el “texto claro” de la enmienda.

Para justificar las regulaciones, los gobiernos deben demostrar que cada regulación “es consistente con la tradición histórica de esta nación en materia de regulación de armas de fuego”, dijo el tribunal superior en ese momento. “Solo si una regulación sobre armas de fuego es consistente con la tradición histórica de esta nación puede un tribunal concluir que la conducta del individuo queda fuera del ‘orden no calificado’ de la Segunda Enmienda”.

“El desarme vitalicio de un individuo basándose únicamente en su extranjería o nacionalidad no tiene raíces en la historia y la tradición de Estados Unidos”, argumentaron los abogados del Sr. Carbajal-Flores.

Señalaron varias sentencias que interpretan la decisión del Tribunal Supremo, incluida una sentencia de un tribunal de apelación que declaró inconstitucional despojar de sus derechos de portar armas a un hombre condenado por un delito no violento.

El gobierno se opuso a la moción, señalando que ninguna de las decisiones citadas se aplicaba a inmigrantes ilegales y que el acusado ignoró otros fallos que sí lo hacían, incluido un fallo de 2023 que encontró que los inmigrantes ilegales no disfrutan de los derechos de la Segunda Enmienda. El gobierno también ofreció ejemplos de leyes que prohibían a ciertas categorías de personas portar armas, incluidos “individuos que amenazaban el orden social a través de su poco fiable adhesión al imperio de la ley”.

Pero la juez Coleman falló a favor del acusado y encontró que las leyes contra personas no confiables contenían excepciones para las personas que firmaban juramentos de lealtad y eran consideradas no violentas.

“El gobierno argumenta que Carbajal-Flores es un no ciudadano que se encuentra ilegalmente en este país. El tribunal señala, sin embargo, que Carbajal-Flores nunca ha sido condenado por un delito grave, un delito violento o un delito que implique el uso de un arma. Incluso en el presente caso, Carbajal-Flores sostiene que recibió y utilizó la pistola únicamente para la autoprotección y la protección de la propiedad durante un tiempo de disturbios civiles documentados en la primavera de 2020″, escribió.

“Además, el Servicio de Prisión Preventiva ha confirmado que Carbajal-Flores se ha adherido consistentemente y ha cumplido con todas las condiciones estipuladas de su liberación, tiene un empleo remunerado y no tiene nuevos arrestos ni órdenes de arresto pendientes». El tribunal considera que los antecedentes penales de Carbajal-Flores, que no contienen ningún uso indebido de un arma, así como las circunstancias no violentas de su detención no apoyan la conclusión de que supone un riesgo para la seguridad pública tal que no se pueda confiar en él para utilizar un arma de forma responsable y deba ser privado de su derecho de la Segunda Enmienda a portar armas en defensa propia”.

Los abogados del Sr. Carbajal-Flores no respondieron a una solicitud de comentarios, ni tampoco los fiscales federales.

Reacciones

El fallo provocó una variedad de reacciones por parte de personas de la comunidad jurídica.

«La Corte Suprema ha dicho que el ‘pueblo’ son miembros de la comunidad política», escribió en X Larry Keane, abogado de la Fundación Nacional de Deportes de Tiro. «Los extranjeros ilegales en Estados Unidos no son parte de la comunidad política y, por lo tanto, no tienen Derechos 2A”.

Kostas Moros, un abogado que representa a la Asociación de Rifles y Pistolas de California, dijo que él también veía la cuestión de esa manera.

«Bruen pide una tradición histórica de regulación moderna que justifique la ley moderna, y aquí claramente existe una», escribió, señalando que los grupos que han sido desarmados en el pasado, incluidos los leales, tienen el denominador común de estar «fuera de la comunidad política”.

Matthew Larosiere, otro abogado, no estuvo de acuerdo y escribió en un análisis que todos los inmigrantes, incluso los que se encuentran en el país ilegalmente, son parte del “pueblo” de la Segunda Enmienda. Su argumento se basó en parte en la Decimocuarta Enmienda, que se aplica a “cualquier persona dentro” del país.

«Para descubrir que los inmigrantes ilegales están fuera del ‘pueblo’ protegido por la Segunda Enmienda, hay que creer que los redactores estaban hablando de un ‘pueblo’ diferente en la Primera, Cuarta, Novena y Décima Enmienda», escribió, añadiendo más tarde se puso del lado del tribunal al encontrar diferencias entre leyes históricas como la que prohibía a los leales poseer armas y la ley que se aplica a los inmigrantes ilegales.


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