La Corte Suprema de Estados Unidos bloqueó la tarde del miércoles a los funcionarios del estado de Nueva York en cuanto a limitar las reuniones religiosas, una victoria para los judíos ortodoxos quienes presentaron la demanda en contra de las restricciones impuestas durante la pandemia de COVID-19.
En una decisión de 5 a 4, el tribunal supremo de la nación dijo que el gobernador de Nueva York Andrew Cuomo, un demócrata, y los demás funcionarios del estado no pueden hacer cumplir los límites de ocupación de un sitio de oración establecidos en una orden ejecutiva anterior.
Cuomo ordenó que en las llamadas zonas rojas la asistencia a los servicios religiosos fuera de 10 personas o menos y en las zonas naranjas de 25 personas o menos.
Los funcionarios de Nueva York crearon un sistema de codificación de zonas por colores para marcar los niveles que ellos creen que la pandemia afectó.
Las demandas presentadas por la Diócesis Católica Romana de Brooklyn y la Agudath Israel de América desencadenaron el fallo.
«Detener la propagación de COVID-19 es sin duda un interés imperioso, pero es difícil ver cómo las regulaciones cuestionadas pueden ser consideradas como ‘estrechamente adaptadas'», dijo la Corte Suprema en la opinión de la mayoría sin firmar.
«Son mucho más restrictivas que cualquier reglamento relacionado con COVID que haya llegado anteriormente a la Corte, mucho más estrictas que las adoptadas por muchas otras jurisdicciones duramente afectadas por la pandemia y mucho más severas de lo que se ha demostrado que son necesarias para prevenir la propagación del virus en los servicios de los solicitantes».
COVID-19 es la enfermedad causada por el virus del PCCh (Partido Comunista Chino). La mayoría de los pacientes se recuperan, pero un pequeño porcentaje muere.
Los demandantes probablemente prevalecerán sobre la base de la Primera Enmienda, según el tribunal.
El juez Neil Gorsuch, nombrado por Donald Trump, dijo en una opinión concurrente, que el gobierno «no es libre de ignorar la Primera Enmienda en tiempos de crisis».
«Como mínimo, esa enmienda prohíbe a los funcionarios del gobierno tratar los ejercicios religiosos peor que las actividades seculares comparables, a menos que estén persiguiendo un interés apremiante y usando los medios menos restrictivos disponibles», añadió.
El juez Brett Kavanaugh, nombrado por Trump, también estuvo de acuerdo, señalando que se garantizaban los mandamientos judiciales temporales pero que las decisiones del 25 de noviembre no son definitivas.
Amy Coney Barrett, designada por Trump, y Clarence Thomas, nombrada por George W. Bush, y Samuel Alito, también votaron para bloquear la aplicación de las restricciones.
El juez designado por Bush, John Roberts, presidente del tribunal, dijo en una opinión disidente que «simplemente no hay necesidad» de conceder medidas cautelares.
«Los límites de capacidad numérica de 10 y 25 personas, dependiendo de la zona aplicable, parecen indebidamente restrictivos y bien puede ser que tales restricciones violen la Cláusula de Libre Ejercicio. Sin embargo, no es necesario que nos pronunciemos sobre esa grave y difícil cuestión en este momento», alegó.
Sonia Sotomayor, nombrada por Barack Obama, y Elena Kagan se unieron a Stephen Breyer, nombrado por Bill Clinton, en una opinión disidente separada.
Breyer escribió que también creía que no era necesario emitir un mandato judicial porque las partes de Brooklyn y Queens donde se encuentran las iglesias de la diócesis y las dos sinagogas solicitantes ya no están dentro de las zonas rojas o naranjas. Cuomo, cuya oficina no respondió a una solicitud de comentarios, presentó ese argumento la semana pasada en el expediente judicial.
«Los solicitantes señalan que el estado podría reimponer las restricciones de la zona roja o naranja en el futuro. Pero, si eso ocurriera, podrían volver a presentar sus solicitudes aquí, por carta breve si fuera necesario. Esta Corte, si fuera necesario, podría decidir el asunto en un día o dos, quizás incluso en unas pocas horas», escribió Breyer.
«¿Por qué debería esta Corte actuar ahora sin argumentos ni consideraciones completas en el curso ordinario (y antes de que el Tribunal de Apelación examine el asunto) cuando no hay ninguna necesidad legal o práctica de hacerlo? No he encontrado una respuesta convincente a esa pregunta».
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