Trump paga fianza de USD 91 millones en caso de difamación

Por Zachary Stieber
08 de marzo de 2024 1:40 PM Actualizado: 08 de marzo de 2024 1:41 PM

El expresidente Donald Trump depositó una fianza de 91.6 millones de dólares en un caso de difamación mientras apela la cantidad concedida a la demandante E. Jean Carroll, según documentos judiciales presentados el 8 de marzo.

Los abogados del presidente Trump notificaron a la Corte de Distrito de EE. UU. del sur de Nueva York que aprobara la fianza, al mismo tiempo que solicitaban que se suspendiera la ejecución de la sentencia a la espera del resultado de la apelación.

Si la apelación tiene éxito, la fianza «será nula, anulada, liberada y cancelada», afirma uno de los documentos presentados.

«Exigir al presidente Trump que pague una fianza u otra garantía antes de que esta corte se pronuncie sobre su petición de suspensión amenaza con imponerle un perjuicio irreparable en forma de costes sustanciales (que pueden o no ser recuperables)», escribió la Sra. Habba.

El juez Kaplan dijo que la situación es consecuencia de las acciones del presidente Trump tras el 26 de enero, cuando un jurado emitió un veredicto en su contra, en particular su decisión tardía de pedir la suspensión.

«Ha tenido desde el 26 de enero para organizar sus finanzas sabiendo que podría necesitar la fianza de esta sentencia, sin embargo, esperó hasta 25 días después del veredicto del jurado -y sólo poco antes de la expiración de la suspensión automática de la sentencia de 30 días de la Regla 62- para presentar su moción previa para una suspensión no garantizada o parcialmente garantizada pendiente de la resolución de las mociones posteriores al juicio», dijo en su orden del jueves.

«Los gastos del litigio en curso sin una suspensión no constituyen un ‘perjuicio irreparable’ en el sentido pertinente de ese término», añadió el juez. «El Sr. Trump tampoco ha demostrado en qué gastos podría incurrir si se le exigiera pagar una fianza u otra garantía, en qué condiciones (si las hubiera) podría obtener una fianza convencional, o depositar efectivo u otros activos para garantizar el pago de la sentencia, ni ninguna otra circunstancia relevante para la situación. En consecuencia, se deniega su presente solicitud de suspensión administrativa temporal».

Esta es una noticia de última hora que se actualizará.


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