Corte dictamina que Administración Trump podrá cesar protecciones humanitarias a inmigrantes de 4 países

Por Isabel van Brugen
15 de septiembre de 2020 9:51 AM Actualizado: 15 de septiembre de 2020 12:50 PM

Un tribunal federal de apelaciones dictaminó el 14 de septiembre que la administración Trump puede eliminar gradualmente las protecciones humanitarias de cientos de miles de inmigrantes de El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán, muchos de los cuales han vivido y trabajado legalmente en los Estados Unidos durante décadas.

En una decisión 2-1, el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito revocó un fallo de 2018 de un tribunal inferior que impedía al gobierno federal dar por terminado el Estatus de Protección Temporal (TPS) que afectaba a los inmigrantes de los cuatro países mencionados.

El programa TPS es una forma de ayuda humanitaria que, desde 1990, ha otorgado estatus legal temporal y autorización de trabajo a extranjeros no inmigrantes en los Estados Unidos que provienen de países afectados por desastres naturales, conflictos u otras adversidades extremas. Fue creado por el Congreso y puesto en práctica por el Departamento de Seguridad Nacional.

Los críticos sostienen que el beneficio del TPS tiene por objeto ayudar a los inmigrantes que residen en los Estados Unidos, que se enfrentan a graves daños en su país de origen y que no suponen un riesgo para la seguridad pública o nacional porque han sido plenamente investigados por las autoridades.

La administración ha argumentado que las condiciones de emergencia que inicialmente llevaron a que se invitara a entrar en los Estados Unidos a personas de los países citados se produjeron hace mucho tiempo, y que ya no necesitan un refugio seguro.

Ahora se podría exigir a unas 400,000 personas que abandonen el país después de un período de transición que terminaría a principios de marzo, a menos que puedan encontrar otra forma de permanecer legalmente en los Estados Unidos, según dictaminó el tribunal de apelaciones. Los salvadoreños, por su parte, mantendrán su protección hasta por lo menos noviembre de 2021.

La decisión se aplica a las personas que tienen hijos pequeños que son ciudadanos estadounidenses. Se estima que los inmigrantes afectados son los padres de al menos 250,000 niños nacidos en los Estados Unidos.

La decisión del lunes también se aplica a las personas de Honduras y Nepal, que por separado presentaron una demanda que fue suspendida en espera del fallo general del caso.

«La discreción del secretario para tomar decisiones sobre el TPS, aunque no sin control, es indudablemente amplia y única en su naturaleza», dijo la juez Consuelo Callahan, quien escribió la sentencia para el tribunal. «La decisión de designar a un país extranjero como beneficiario del TPS comienza y termina con el secretario, siempre y cuando se cumplan ciertos criterios estatutarios limitados».

El Departamento de Justicia dijo a The Epoch Times en unas declaraciones el lunes que estaba satisfecho con la decisión.

«Durante aproximadamente 2 años, el mandato judicial del Tribunal de Distrito impidió que el Departamento de Seguridad Nacional tomara una acción que el Congreso ha conferido únicamente al secretario de Seguridad Nacional, acción que está excluida por ley de la revisión judicial», dijo un portavoz del departamento.

«Celebramos que el Noveno Circuito reconozca el lenguaje simple de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, y que rechace las acusaciones infundadas que decían que había una intención detrás de las medidas tomadas por el Departamento de Seguridad Nacional».

Ahilan Arulanantham, abogado de la American Civil Liberties Union of Southern California, que representó a los demandantes en el pleito, dijo el lunes que el sindicato planea buscar otra revisión «en banc» del caso por parte de 11 de los jueces de la corte de apelaciones.

Durante una llamada con los periodistas, Arulanantham calificó la decisión de «profundamente defectuosa» y dijo que el caso podría finalmente ser recurrido ante la Corte Suprema de los Estados Unidos, dependiendo del resultado de la solicitud de revisión que se enviaría a la corte de apelaciones.

El cese del TPS para los haitianos también está sujeto a un litigio independiente en el Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York. El tribunal de apelaciones escuchó los argumentos de ese caso en junio, pero aún no ha dictaminado sentencia.

Janita Kan y Reuters contribuyeron a la elaboración de este artículo.


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