Animales domésticos como perritos y gatitos ahora estarán protegidos bajo una ley de España que establece que no son simplemente cosas, sino «seres vivos dotados de sensibilidad». La nueva ordenanza también establece que, en caso de separación de una pareja, ambos dueños podrán compartir la custodia de las mascotas.
Una reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil publicada el jueves 16 de diciembre pasado, regulará en España el régimen jurídico de las animales domésticos.
Hasta ahora, las mascotas de las familias solo eran reconocidas como cosas; en específico, los fieles animalitos se consideraban parte de los bienes inmuebles. Sin embargo, una reforma al Código Penal en 2003 sí distinguía entre los daños a los animales domésticos y a las cosas, pero el Código Civil se había quedado atrás en reconocer esa diferencia.
En especial, la reforma a la ley reconoce a las amadas mascotas como seres vivos dotados de sensibilidad. Pero además de reconocer la naturaleza de los animales, se busca darles un lugar como parte de las relaciones de convivencia entre ellos y los seres humanos.
Pero, ¿qué pasa si en una familia la pareja decide separarse?, ¿cómo se comparte la custodia de los hijos?, ¿cómo se dividen los bienes inmuebles?, ¿quién se queda con Spike?
En esos casos, lo primero que se busca es el bienestar y protección de las mascotas, para luego establecer los derechos de posesión de sus cuidadores humanos.
España busca atender legalmente cómo proceder con las mascotas, ya que su situación «ha sido objeto de controversia en nuestros tribunales», por lo que fue necesario introducir «normas relativas a las crisis matrimoniales preceptos destinados a concretar el régimen de convivencia y cuidado de los animales de compañía», de acuerdo a la reforma.
Pero además de reformarse la ley para reconocer la naturaleza de los animales, se busca distinguirlos como parte de las relaciones de convivencia entre ellos y los seres humanos.
En caso de separación o divorcio, un juez, en acuerdo con la pareja, decidirán quién cuidará diariamente a la mascota, los tiempos de convivencia con el que no se haya quedado con ella, así como quién se hará cargo de los gastos.
¿Y si no hay acuerdo? Un juez decidirá qué es lo mejor para la mascota.
Para que los animalitos puedan repartir su amor —perritos, gatitos y todo animal que se considere doméstico—, la ley establecerá un régimen de visitas o periodo de estancia con sus dueños.
También, quedó explícitamente prohibido que, en caso de embargo, los animales de compañía sean tomados como parte de los bienes, «en atención al especial vínculo de afecto que les liga con la familia con la que conviven».
Sin por algún motivo, los peluditos pierden ambos dueños, la ley también establece que podrán ser reclamados por herederos o personas que los puedan cuidar. Y en el caso que nadie quiera quedarse con la mascota… podrá ser entregada a alguien que sí pueda cuidarla y protegerla.
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