La Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte Penal Internacional (CPI) autorizó reanudar este martes la investigación sobre crímenes de lesa humanidad en Venezuela al considerar insuficiente la investigación por parte del régimen de Nicolás Maduro.
La reanudación de la investigación de la CPI continúa un largo proceso que se inició el 3 de noviembre de 2021 tras la solicitud de un grupo de al menos 6 países en septiembre de 2018 sobre la situación en Venezuela, por presuntos crímenes de lesa humanidad ocurridos desde febrero del 2014.
La Sala concluyó este martes que, aunque considera que el estado venezolano «está tomando algunas medidas de investigación, sus procesos penales internos no reflejan suficientemente el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía», por lo que la sala autoriza reanudar el proceso de investigación y señala las observaciones y el material presentado.
La Sala compuesta por el presidente, Péter Kovács, y los jueces Reine Adélaïde Sophie Alapini-Gansou, y María del Socorro Flores Liera, encontró que el régimen de Venezuela no está investigando, «y no expresa ninguna intención de investigar» las alegaciones de fondo relativos a los elementos de contexto en los crímenes de lesa humanidad.
En ese sentido concluyó que Venezuela «parece haber tomado medidas de investigación limitadas», pero también «parecen existir períodos inexplicables de inactividad investigativa». Además de que las investigaciones llevadas a cabo por el régimen «parecen no reflejar suficientemente las formas de criminalidad que la Fiscalía [de la CPI] pretende investigar», es decir, crímenes de lesa humanidad. Señaló que «el enfoque de las investigaciones nacionales parece estar generalmente en los perpetradores directos y/o de menor nivel».
La insuficiente investigación del régimen, que señala la Sala, se enfoca en los delitos sexuales y de persecución.
La Sala señaló que observó en particular la intención discriminatoria implícita en presuntos crímenes de persecución «y la insuficiente investigación de los crímenes de naturaleza sexual».
«A la luz de lo anterior, no hay necesidad de considerar si Venezuela no está dispuesta o es incapaz de llevar a cabo realmente tal investigación o enjuiciamiento», concluyó también la Sala de Cuestiones Preliminares.
Los jueces recordaron que la conclusión de este martes “no impide” que el régimen de Venezuela pueda presentar material en el futuro que demuestre que la justicia venezolana está investigando todos los presuntos crímenes de lesa humanidad denunciados por las víctimas, y que la investigación del fiscal de la CPI no es necesaria, siempre y cuando, se adhiera a los artículos establecidos en el Estatuto de Roma, el tratado fundacional de la Corte.
Venezuela ratificó el Estatuto de Roma en el año 2000. El Estatuto de Roma fue adoptado por algunos miembros de la comunidad internacional en 1998 en una conferencia diplomática celebrada en Roma, con el fin de abordar crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crímenes de agresión.
Con información de EFE.
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