Corte Suprema defiende por unanimidad las leyes de «elector infiel»

Por Matthew Vadum
06 de julio de 2020 4:29 PM Actualizado: 06 de julio de 2020 4:29 PM

La Corte Suprema ha afirmado por unanimidad la constitucionalidad de las leyes de «elector infiel» que permiten a los estados multar o remover a los miembros del Colegio Electoral que no votan por el candidato presidencial que se comprometieron a apoyar.

Si bien algunos estados tienen leyes que castigan a dichos electores por no votar por el candidato al que prometieron apoyar, hace tiempo que se han formulado preguntas legales sobre la exigibilidad de dichas leyes.

El fallo en dos apelaciones separadas se produjo esta mañana cuando se aproximan las próximas elecciones presidenciales el 3 de noviembre.

«Hoy consideramos si un estado también puede penalizar a un elector por romper su promesa y votar por alguien que no sea el candidato presidencial que ganó el voto popular de su Estado», escribió la jueza Elena Kagan para la corte en Chiafalo v. Washington.

«Sostenemos que un estado puede hacerlo».

Hace unos 60 años, los estados comenzaron a respaldar «sus leyes de compromiso con algún tipo de sanción. En este momento, 15 estados tienen ese sistema», escribió Kagan.

“Casi todos eliminan inmediatamente a un elector infiel de su cargo, sustituyendo a un suplente cuyo voto informa el estado. Algunos estados imponen una multa monetaria a cualquier elector que no cumpla su promesa. Washington es uno de los 15 estados con una ley de promesas respaldada por sanciones diseñada para mantener a los electores del estado en línea con sus ciudadanos votantes».

No hay «nada en la Constitución [que] prohíba expresamente a los estados quitar la discreción de voto de los electores presidenciales como lo hace Washington. La Constitución es básica sobre los electores”, escribió Kagan.

Los estados han usado durante mucho tiempo «leyes de compromiso, diseñadas para impresionar a los electores su papel como agentes de otros. Un estado sigue la misma tradición si, como Washington, elige sancionar a un elector por incumplir su promesa. Entonces, también, el estado instruye a sus electores que no tienen motivos para revertir el voto de millones de sus ciudadanos. Esa dirección está de acuerdo con la Constitución —así como con la confianza de una nación que aquí, nosotros, el pueblo gobernamos”.

El caso de Chiafalo se ocupó de una ley de Washington que multa a los electores presidenciales que van en contra del voto popular en ese estado. Los peticionarios son tres electores presidenciales de 2016 que fueron multados porque no votaron según lo ordena la ley.

Los peticionarios desafiaron la ley diciendo que el estado no tiene poder para hacer cumplir la forma en que un elector presidencial emite su boleta electoral, y que penalizar a un elector por ejercer su discreción constitucional para votar viola la Primera Enmienda. La Corte Suprema de Washington confirmó las multas, y la Corte Suprema afirmó hoy esa decisión en una votación de 9-0.

En el segundo caso, el Departamento de Estado de Colorado contra Baca, Micheal Baca, miembro del Colegio Electoral, formó parte de un grupo llamado los «electores de Hamilton», que intentaron convencer a los electores de 2016 que se comprometieron con la demócrata Hillary Clinton o el republicano Donald Trump a unirse detrás de un candidato alternativo para evitar una victoria de Trump.

En las elecciones, Trump ganó más votos electorales que Clinton, quien ganó más votos populares. Cuando los electores se reunieron para votar el 19 de diciembre de 2016, Baca tachó el nombre de Clinton en su boleta y escribió el del entonces gobernador de Ohio John Kasich, un republicano que también se postuló para presidente en el ciclo de 2016.

El estado se negó a aceptar el voto y eliminó a Baca como elector, reemplazándolo por otro elector que votó por Clinton.

La jueza Sonia Sotomayor se recusó en el caso de Baca, lo que significa que el voto de los jueces para defender la acción del estado fue de 8-0. En lugar de explicar el razonamiento detrás de la decisión, la opinión de la Corte Suprema en ese caso simplemente declaró: «La sentencia de la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Décimo Circuito se revierte por las razones establecidas en» el fallo de Chiafalo.


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