Corte Suprema determina que Santa Clara no puede prohibir servicios religiosos en persona

Por Ivan Pentchoukov
27 de febrero de 2021 10:37 AM Actualizado: 27 de febrero de 2021 1:13 PM

La Corte Suprema dijo el 26 de febrero al condado Santa Clara de California, que en respuesta a la pandemia del virus del PCCh no puede aplicar una prohibición de los servicios religiosos en interiores.

A principios de este mes, la Corte Suprema dijo a California que a causa de la pandemia no se pueden prohibir los servicios religiosos en interiores. En ese momento los jueces permitieron que el estado limitase la asistencia a un 25% del aforo y prohibiera cantar y entonar cánticos.

Santa Clara argumentó que la prohibición y las limitaciones de cualquier reunión en interiores debían mantenerse. El condado dijo que sus restricciones para las iglesias eran las mismas que las impuestas a otros establecimientos, incluidas las tiendas minoristas, donde la gente puede visitar pero no reunirse en grupos.

La orden de los jueces, que no está firmada, dice que su decisión fue «claramente dictada» por una orden emitida a principios de este mes. Los tres jueces liberales del tribunal disintieron.

Santa Clara informó al tribunal en una carta el jueves que los casos recientes de coronavirus en el condado seguían en descenso y que ya estaba cerca de levantar su prohibición de las reuniones en interiores. Si los datos continuaban la tendencia positiva, la carta indicaba que el condado esperaba permitir todas las reuniones en interiores que estaban con restricciones, a más tardar el próximo miércoles.

La Corte Suprema allanó el camino para la sentencia del viernes con dos opiniones emitidas a principios de este mes que dan la razón a las iglesias que protestaron contra la prohibición de celebrar cultos en interiores en California.

El presidente de la Corte Suprema, John Roberts, escribió entonces que, si bien había una base científica para prohibir los cantos y los cánticos, no la había para prohibir por completo los servicios en interiores.

«El estado llegó a la conclusión, por ejemplo, de que cantar en los interiores supone un mayor riesgo de transmisión del COVID-19. Yo no veo ninguna base en este registro para anular ese aspecto del marco de salud pública del estado», escribió Roberts. «Al mismo tiempo, la actual determinación del estado —que el número máximo de fieles que pueden rendir culto de forma segura en la catedral más cerrada es cero— no parece reflejar la experiencia o la discreción, sino una insuficiente apreciación o consideración de los intereses en juego».

Con información de Zachary Stieber.

Siga a Ivan en Twitter: @ivanpentchoukov.


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