Corte Suprema falla 8-1 para desestimar demanda de esclavitud infantil contra Nestlé y Cargill

Por Jack Phillips
17 de junio de 2021 3:27 PM Actualizado: 17 de junio de 2021 3:27 PM

La Corte Suprema se puso el jueves del lado de Cargill y Nestlé y desestimó una demanda en la que se alegaba que los dos gigantes de la alimentación habían ayudado a la esclavitud infantil en África Occidental.

El tribunal, en un fallo de 8 a 1 (pdf), dijo que una demanda de antiguos esclavos de Malí que fueron traficados a Costa de Marfil debía ser desestimada porque los tribunales estadounidenses no tienen jurisdicción. Los seis individuos presentaron la demanda al amparo de la Ley de Reclamaciones por Agravios contra Extranjeros de 1789, alegando que fueron utilizados como niños esclavos para suministrar cacao a las dos empresas alimentarias.

El juez Clarence Thomas, que escribió para la mayoría, dijo que el Tribunal de Apelaciones de EE.UU. para el 9º Circuito cometió un error al permitir que la demanda procediera sobre la base de que Nestlé y Cargill habían tomado supuestamente «decisiones operativas» dentro de Estados Unidos.

Seis personas que demandaron argumentaron que Nestlé y Cargill «sabían o deberían haber sabido» que las granjas de Costa de Marfil utilizaban niños esclavos. Ninguna de las dos empresas es propietaria de granjas en el país, pero habían comprado cacao de las mismas, según la demanda, y añadían que las empresas proporcionaban recursos técnicos y financieros.

El juez asociado de la Corte Suprema, Clarence Thomas, asiste a la ceremonia de juramento de Amy Coney Barrett como jueza asociada de la Corte Suprema de Estados Unidos, en el jardín sur de la Casa Blanca, en Washington, el 26 de octubre de 2020. (Tasos Katopodis/Getty Images)

Pero Thomas argumentó que los seis demandantes trataron indebidamente de presentar su demanda bajo el Estatuto de Agravios para Extranjeros por una conducta que ocurrió fuera de Estados Unidos, al tiempo que agregó que los demandantes no establecieron que la conducta bajo el estatuto había «ocurrido en Estados Unidos … incluso si otra conducta ocurrió en el extranjero».

«Incluso si esta disputa se resolviera a favor de los demandados, su demanda buscaría de forma inadmisible la aplicación extraterritorial del» Estatuto de Agravios para Extranjeros, escribió Thomas. «Casi toda la conducta que alegan que ayudó e instigó el trabajo forzado —proporcionar formación, equipos y dinero en efectivo a los agricultores en el extranjero— se produjo en Costa de Marfil», dijo, señalando que «alegar la actividad general de la empresa, como ‘mera presencia corporativa’ … no dibuja una conexión suficiente entre la causa de la acción que los demandados buscan y la conducta doméstica».

Paul Hoffman, un abogado que representa a los demandantes, dijo a The Hill que estaba decepcionado por la decisión de la Corte Suprema.

«Nos decepciona que la Corte haya interpretado nuestras alegaciones como si se tratara de una supervisión corporativa general por parte de estas empresas sobre sus operaciones en Costa de Marfil», dijo Hoffman. «Creemos que las empresas están más profundamente involucradas en el sistema de esclavitud infantil en ese país. Podremos enmendar nuestra demanda para atender el criterio de la Corte».


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