Muchas personas dependen de los beneficios del Seguro Social durante sus años de jubilación. Aunque puede que no representen todos sus ingresos durante ese tiempo, pueden ser la mayor parte. Obtener todo lo posible —o todo lo que corresponda— es importante, ya sea que esté casado, divorciado o soltero.
Las personas casadas pueden obtener considerablemente más que las solteras o divorciadas y que no se volvieron a casar. En cualquier caso, casarse o divorciarse puede cambiar significativamente sus beneficios del Seguro Social, lo que puede afectar su nivel de comodidad durante la jubilación.
Beneficios del seguro social para personas casadas
Las parejas casadas pueden disfrutar de sus prestaciones de la Seguridad Social si tienen más de 62 años. Si esperan hasta los 70 para percibir sus prestaciones, éstas serán mayores. Cuando ambos cónyuges obtienen prestaciones, sus prestaciones combinadas harán que sea mucho más cómoda su jubilación que si tuvieran solo el ingreso de uno de los dos.
Cambio en los beneficios para las parejas casadas
Las parejas casadas solían poder alternar entre las prestaciones de su cónyuge y las suyas propias. Cada uno podía reclamar la prestación conyugal de su cónyuge y esperar a cumplir los 70 años para reclamar la suya propia. De este modo, podían recibir más prestaciones. Finance.Yahoo informó que esta opción ya no está disponible a menos que se cumplan los 70 años antes del 1 de enero de 2024.
Anteriormente, esta estrategia permitía al esposo con mayores ingresos reclamar las prestaciones conyugales al alcanzar la plena edad de jubilación. El tiempo adicional (hasta cumplir los 70 años) les permitiría obtener su prestación máxima y seguir percibiendo algo mientras tanto. El otro cónyuge reclamaría entonces su prestación. Al cumplir los 70 años, el cónyuge que percibe más ingresos reclama su propia prestación. El otro cónyuge cobraría su propia prestación o mantendría la actual.
Este método de maximizar las prestaciones de la Seguridad Social ya no existe. Lo que ocurre ahora es que el cónyuge solo puede percibir hasta el 50 por ciento de la prestación del cónyuge primario, pero el cónyuge con mayores ingresos ya debe estar percibiendo prestaciones.
Si un cónyuge no ha trabajado lo suficiente para tener derecho a las prestaciones de la Seguridad Social, Medicare dice que aún puede tener derecho a las prestaciones del cónyuge si tiene al menos 62 años. El cincuenta por ciento de la prestación del otro cónyuge sería más de lo que le correspondería. Un problema potencial de solicitar la prestación antes de alcanzar la plena edad de jubilación es que reduce permanentemente sus prestaciones.
Prestaciones para el cuidado de niños
Un cónyuge puede obtener el beneficio conyugal del 50 por ciento si cuida a su hijo menor de 16 años o con discapacidad. No importa la edad del cónyuge, pero el beneficio finaliza cuando el niño cumple 16 años, a menos que tenga discapacidad. ElderLawAnswers dice que si el cónyuge es quien cuida del hijo recibirá más beneficios según su historial laboral y recibirá la mayor cantidad.
Beneficios del seguro social para divorciados
Para el caso de personas divorciadas pueden solicitar prestaciones conyugales, pero existen algunas normas. En primer lugar, la persona que las solicita debe haber estado casado durante al menos 10 años.
ThePennyHoarder menciona que si ha tenido más de un matrimonio que haya durado 10 años o más, la Seguridad Social examinará cada uno de los expedientes y le concederá la prestación conyugal del cónyuge con más ingresos.
Un segundo requisito es que no puede haberse vuelto a casar. Si lo hace, no podrá percibir prestaciones conyugales de un matrimonio anterior. El cónyuge por el que solicita las prestaciones puede haberse vuelto a casar, lo que no afectará a sus prestaciones.
Un tercer requisito es que su cónyuge esté percibiendo prestaciones de la Seguridad Social. Si el cónyuge divorciado cumple años el 2 de enero de 1954 o más tarde y solicita la prestación de la Seguridad Social, percibirá la prestación conyugal o su propia prestación en función de su historial laboral, la que resulte mayor.
Recuerde que si solicita las prestaciones para cónyuge antes de tiempo, sus prestaciones se reducirán de forma permanente. Solicitarlas antes de alcanzar la plena edad de jubilación se considera anticipado porque solo podrá percibir la prestación completa si espera hasta entonces y la prestación máxima cuando cumpla 70 años.
Fool revela que si solicita prestaciones conyugales a los 62 años, solo percibirá el 32.5 por ciento de la prestación del trabajador jubilado, no el 50 por ciento. Sus prestaciones conyugales también pueden verse reducidas si sigue trabajando después de recibir las prestaciones, hasta el mes en que cumpla los 70 años.
Divorciados no ciudadanos y beneficios del seguro social
La mayoría de las mismas reglas se aplican tanto a los divorciados no ciudadanos como a los ciudadanos, con un par de excepciones. Además de tener al menos 62 años, no haberse vuelto a casar, haber estado casado durante al menos 10 años y tener un cónyuge que califique para el Seguro Social, también debe vivir en Estados Unidos. Si se va, perderá sus beneficios después de seis meses y solo los recuperará después de regresar a los Estados Unidos y vivir aquí durante 30 días.
Según AARP, si su excónyuge tiene edad suficiente pero aún no ha reclamado la Seguridad Social, también debe llevar divorciado al menos dos años. Puede vivir en un país que haya firmado un convenio internacional de Seguridad Social con Estados Unidos.
Otro requisito, según la Seguridad Social, es haber vivido en Estados Unidos durante al menos cinco años y haber estado casado con el cónyuge durante ese tiempo. Puede tener derecho a las prestaciones si tenía derecho a ellas antes del 1 de enero de 1985, o si estaba casado con alguien en el servicio militar que murió en combate o a causa de una enfermedad relacionada con el servicio.
Las prestaciones de la Seguridad Social están a disposición de muchas personas en diversas circunstancias de matrimonio y divorcio. En algunas situaciones, los hijos también pueden tener derecho a las prestaciones. Si no está seguro o tiene preguntas, puede informarse sobre su derecho a las prestaciones hablando con un representante de la Seguridad Social.
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