Una mujer argentina que le hicieron una cirugía en 2013 para extraerle una hernia y por error le extrajeron la vesícula, recibe ahora una indemnización de unos USD 8800.
La mujer, oriunda de la provincia argentina de Mendoza, se dirigió al hospital el 2 de septiembre de 2013 para una cirugía de hernia inguinal izquierda luego de padecer dolores agudos en la zona abdominal, según el reporte del medio local Los Andes. El doctor J. A. N., jefe del servicio de cirugía general y con 16 años de experiencia en el establecimiento, era quien iba a realizar la cirugía en el Hospital Italiano de Mendoza.
Luego de realizarle la operación por medio de una laparoscopia, le dieron de alta al siguiente día, pero la mujer seguía presentando los mismos dolores abdominales. Tras dos semanas después, fue a quitarse los puntos y solicitó el informe médico, el que recibió un mes después y en el cual corroboró que le habían extirpado la vesícula y no la hernia que era la causante de los dolores que padecía.
Por su lado, el médico le dijo que los dolores no eran causados por la cirugía sino por efecto de la anestesia o tal vez un exceso en la alimentación; además le indicó que no volviera al hospital. La mujer se dirigió a los consultorios de OSEP de Maipú y una médica le dijo que se hiciera una radiografía para ver si se había roto la malla, que hubiera tenido que tener luego de la cirugía de la hernia, sin embargo, las radiografías demostraron que la hernia seguía en el mismo lugar, pero que faltaba la vesícula.
La mujer consultó a un abogado e inició una demanda civil contra OSEP y el Hospital Italiano, al considerar que «fue sometida negligentemente a la extracción de un órgano normal para su edad y arriesgada innecesariamente a una anestesia total», lo que le provocó «un daño resarcible pues continúa con el mismo problema de dolor en el abdomen y pierna izquierda, con el mismo riesgo y sin posibilidades de efectuar el más mínimo esfuerzo por lo que estima que padece una incapacidad del 70%».
Ahora, seis años después de la intervención quirúrgica, la jueza Maria Mercedez Herrera ordenó indemnizar a la paciente, por un monto de USD 8800, que en total serían USD 6872 más intereses. Dentro de esta indemnización los costos fueron discriminados de la siguiente manera: daño emergente por extracción de la vesícula biliar, lucro cesante y pérdida de chance, un valor de USD 3352; por gastos médicos, USD 419 y por daño moral, USD 5000.
La jueza consideró que debe pagarsele por el daño moral, debido a que «se produjo un daño grave ya que además de ataque a su integridad física –la pérdida de un órgano– se la sometió a una operación innecesaria». Herrera enfatizó que es «imaginable el desagrado que debió sufrir la actora al comprobar que no fue operada conforme lo convenido, ni aliviada de las molestias que habían motivado las consultas y el sometimiento a todos los estudios pre-quirúrgicos, dejándola en una incertidumbre que en realidad nunca debió soportar».
Por su parte el médico dijo que había extraído la vesícula debido a que «la exploración intra abdominal con laparoscópico, dio por resultado el hallazgo de un proceso infeccioso e inflamatorio de la vesícula». Sin embargo, los peritos médicos no encontraron que este argumento fuera cierto.
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