Juez acepta demanda contra PepsiCo por publicidad engañosa en barras de proteína

Los demandantes alegan que una sola ración de barrita de Gatorade supera los límites diarios de azúcares añadidos establecidos por motivos de salud, a pesar de ser anunciada como buena para la salud

Por Katabella Roberts
16 de agosto de 2024 2:46 PM Actualizado: 16 de agosto de 2024 2:46 PM

Un juez federal dictaminó el 15 de agosto que puede proseguir una demanda contra el gigante de la alimentación y las bebidas PepsiCo, alegando que hizo afirmaciones falsas sobre lo saludables que son sus barritas de proteínas Gatorade.

En su sentencia, el juez de distrito Casey Pitts, de San José, California, declaró que los tres consumidores demandantes alegaron de forma plausible que el marketing y el etiquetado de PepsiCo eran engañosos.

En consecuencia, el juez dijo que la demanda puede seguir su curso.

La sentencia tiene su origen en una demanda colectiva presentada contra PepsiCo en 2023 por tres personas que se describen a sí mismas como entusiastas del fitness, alegando que la empresa «anuncia engañosamente que sus barritas protéicas Gatorade promueven la forma física, la salud, el atletismo y el bienestar de los consumidores, cuando en realidad contienen altos niveles de azúcares totales y añadidos que hacen que tales afirmaciones sean engañosas».

En su demanda, los consumidores argumentan que una sola ración de la barrita de proteínas Gatorade de PepsiCo supera los límites diarios de azúcares añadidos recomendados por la Asociación Americana del Corazón (AHA) para mujeres y jóvenes. También se aproxima al límite diario para los hombres.

La AHA recomienda no más de 25 gramos de azúcar añadido al día para las mujeres y 36 gramos para los hombres.

Según la demanda, las barritas de proteínas Gatorade de PepsiCo contienen 29 gramos de azúcar, incluidos 28 gramos de azúcar añadido y sólo 20 gramos de proteínas.

«Los demandantes no habrían comprado, adquirido tantas o pagado tanto por las barritas de proteínas Gatorade si el producto se hubiera comercializado de forma transparente, es decir —como un dulce o comida basura con un exceso de azúcar añadido cuyo consumo recomiendan eliminar y/o limitar las autoridades sanitarias debido a los riesgos asociados para la salud», afirmaba la demanda.

Los consumidores, en su demanda, también destacaron los consejos de salud de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), que señalan que el consumo excesivo de azúcares añadidos se correlaciona con la obesidad, la diabetes y otras condiciones médicas asociadas, incluyendo enfermedades cardiovasculares y ciertos tipos de cáncer.

Afirmaron que PepsiCo violó múltiples leyes federales y estatales, incluyendo la Ley de Competencia Desleal de California, la Ley de Recursos Legales para el Consumidor de California, la Ley de Publicidad Falsa de California y la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos, entre otras.

PepsiCo afirma que las reclamaciones son «improbables»

Los tres demandantes solicitan una cantidad no especificada en concepto de daños compensatorios y punitivos.

PepsiCo intentó desestimar la demanda, argumentando que las reclamaciones son «inverosímiles» porque no promocionó las barritas como saludables o con bajo contenido de azúcar, en particular en los sabores como Chocolate Chip y Cookies and Cream.

La empresa afirmó en los documentos judiciales que «las declaraciones veraces sobre proteínas, recuperación atlética y reconstrucción muscular no significan que sean saludables o con bajo contenido de azúcar», y que la etiqueta, de hecho, revela el contenido de azúcar de las barritas.

PepsiCo argumentó además que está eximida bajo la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos y que las reclamaciones de los demandantes «impondrían requisitos para el etiquetado del contenido de azúcar que difieren de los requisitos de la ley federal».

En su fallo, el juez Pitts dijo que los demandantes alegan de manera plausible en el documento que eran «consumidores razonables, no lo suficientemente informados para interpretar adecuadamente el contenido de azúcar listado en la etiqueta, y fueron engañados dada la campaña de marketing de PepsiCo y sus afirmaciones auto-proclamadas respaldadas por ciencia».

El juez señaló que PepsiCo tiene razón en que las reclamaciones de los demandantes lo eximen «en la medida en que desafían afirmaciones sobre salud o contenido de proteínas que son consistentes con las regulaciones federales».

Sin embargo, encontró que muchas de las declaraciones que los demandantes alegan constituyen publicidad engañosa o fraudulenta, no pueden razonablemente interpretarse como afirmaciones sobre salud o contenido de nutrientes, y por lo tanto, no los exime.

El juez también estuvo de acuerdo en que PepsiCo puede hacer afirmaciones sobre salud y contenido de proteínas consistentes con las regulaciones federales, señalando que la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. no considera al azúcar un «ingrediente descalificante» al hacer afirmaciones sobre salud.

The Epoch Times contactó a PepsiCo para obtener comentarios.

Con información de Reuters.


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