Corte de Apelaciones confirma fallo que bloquea ley de Diez Mandamientos en algunas escuelas públicas

Por Tom Ozimek
21 de noviembre de 2024 12:03 PM Actualizado: 21 de noviembre de 2024 12:03 PM

Una corte federal de apelaciones de Nueva Orleans rechazó la solicitud del estado de anular un fallo de una corte inferior que bloqueó y declaró inconstitucional una ley de Luisiana que exige la exhibición de los Diez Mandamientos en las aulas de las escuelas públicas.

Sin embargo, dado que la corte de apelaciones limitó previamente el bloqueo a solo cinco distritos escolares implicados en el litigio en curso, las autoridades estatales siguen siendo libres de aplicar la ley en los 67 distritos restantes, a la espera de una decisión final en el caso.

La Corte de Apelaciones del Quinto Circuito de EE. UU. emitió una orden el 20 de noviembre denegando una solicitud de suspensión temporal de una orden anterior del juez de distrito de EE. UU. John deGravelles, de Baton Rouge, que declaraba inconstitucional la ley de los Diez Mandamientos de Luisiana, o Proyecto de Ley 71 de la Cámara de Representantes. DeGravelles consideró que los demandantes tenían muchas probabilidades de éxito en cuanto al fondo y ordenó a las autoridades educativas del estado que informaran a los 72 distritos escolares de la invalidación de la ley.

El 15 de noviembre, la misma corte de apelaciones emitió una suspensión administrativa que limitó el requisito de notificación de DeGravelles a los cinco distritos involucrados en la demanda, lo que significa que los 67 distritos restantes deben colocar los Diez Mandamientos en las aulas antes de la fecha límite del 1 de enero.

La fiscal general de Luisiana, Liz Murrill, elogió la decisión del 15 de noviembre, que consideró que DeGravelles se extralimitó en sus funciones al ordenar la notificación de la inconstitucionalidad de la ley en todo el estado.

«El Quinto Circuito aceptó nuestra petición de bloquear el intento de la corte de distrito de prohibir la ley de los Diez Mandamientos en todo el estado. Espero con interés trabajar inmediatamente con todos nuestros consejos escolares que no están involucrados en esta demanda para aplicar la ley pronto», dijo la fiscal general Murrill en un posteo en X el 15 de noviembre.

Los abogados del Estado apelaron la totalidad de la orden de DeGravelles. Sin embargo, la apelación fue denegada en la decisión de la corte de apelaciones del 20 de noviembre. En respuesta al revés, Murrill dijo que su oficina «seguirá defendiendo esta ley claramente constitucional», al tiempo que señaló que la ley sigue vigente en más de 60 consejos escolares.

La Freedom From Religion Foundation expresó su apoyo a la sentencia del 20 de noviembre.

«Nos complace que la Corte de Apelaciones haya dejado totalmente intacta la medida cautelar de la corte de distrito», dijo el grupo en un posteo en X. «Como dictaminó la corte de distrito, esta ley es inconstitucional en su faz».

Mientras tanto, la batalla legal en torno a la ley continúa. Los argumentos ante un panel del Quinto Circuito están programados para el 23 de enero de 2025, lo que significa que 67 distritos escolares estarán sujetos a la ley después de la fecha límite de aplicación del 1 de enero y estarán obligados a exhibir los Diez Mandamientos en todas las aulas públicas K-12 y universidades públicas.

Promulgada por la Asamblea Legislativa de Luisiana y firmada por el gobernador Jeff Landry, en junio de 2024, la ley exige que los Diez Mandamientos se exhiban en un póster de 11×14 pulgadas o en un documento enmarcado con un tipo de letra grande y legible. La ley también exige una declaración contextual de 200 palabras que destaque el papel histórico del texto en la educación pública estadounidense.

Los demandantes alegaron en su demanda que la ley viola sus derechos en virtud de la Cláusula de Establecimiento y la Cláusula de Libre Ejercicio de la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos.

Al ponerse del lado de los demandantes, DeGravelles describió la ley en su orden del 12 de noviembre como «abiertamente religiosa» e «inconstitucional a primera vista».


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