Un juez de Nueva York rechazó obligar a los funcionarios electorales del estado a mencionar explícitamente la palabra «aborto» en la descripción de una propuesta de enmienda constitucional destinada a ampliar las protecciones contra la discriminación. Esto supone un revés para los demócratas, que pretendían aclarar a los votantes las implicaciones de la medida antes de las elecciones de noviembre.
En una sentencia emitida el 23 de agosto, el juez David Weinstein, de la Corte Suprema del condado de Albany, concluyó que, aunque la propuesta de enmienda constitucional podía afectar al aborto, no era apropiado incluir el término en el texto explicativo de la papeleta.
La enmienda, conocida como Propuesta Número Uno, pretende ampliar las disposiciones antidiscriminatorias de la Constitución del estado añadiendo protecciones basadas en la etnia, el origen nacional, la edad, la discapacidad y el sexo, incluyendo la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género, el embarazo y la autonomía y la atención a la salud reproductiva.
Los demócratas argumentaron que incluir términos como «aborto» y «LGBT» en la descripción de la papeleta proporcionaría a los votantes una comprensión más clara del alcance de la enmienda.
Sin embargo, la Junta Electoral del Estado de Nueva York optó por utilizar literalmente el lenguaje técnico de la propuesta en la descripción de la papeleta, una decisión que Weinstein confirmó en su orden.
La demanda original, presentada por dos votantes demócratas, argumentaba que el lenguaje de la junta no cumplía el requisito de la ley estatal de que las medidas electorales se redacten en lenguaje sencillo. Sostenían que, sin referencias explícitas al aborto y a los derechos del colectivo LGBT, la redacción de la papeleta ocultaba las verdaderas implicaciones de las enmiendas.
Los opositores a la enmienda, entre ellos muchos republicanos, argumentaron que la Proposición 1 consagraría en la Constitución estatal una serie de cuestiones controvertidas, como la protección del aborto y de los deportistas transexuales. Acogieron con satisfacción la decisión de la junta de utilizar una redacción más técnica en la enmienda.
El juez razonó que la redacción de la propuesta adoptada por la Junta Electoral no era intrínsecamente engañosa y, por tanto, no podía impugnarse legalmente por esos motivos. También señaló que los efectos potenciales de la enmienda son difíciles de predecir y que probablemente serían impugnados en la corte.
«El problema central de estos argumentos surge del propio lenguaje de la enmienda», escribió Weinstein. «Carezco de la bola de cristal necesaria para predecir cómo se interpretará la enmienda propuesta en contextos concretos, ni creo que sea apropiado que una corte responda a complejas cuestiones interpretativas sobre el significado de una propuesta antes incluso de que haya sido promulgada».
Sin embargo, el juez introdujo algunos cambios en la redacción de la enmienda propuesta y en su resumen, que es una breve descripción de la intención de la enmienda.
El texto original de la descripción de la papeleta publicada por la Junta Electoral era el siguiente:
«Añade ciertas protecciones a la Declaración de Derechos del Estado. Añade disposiciones antidiscriminatorias a la Constitución del Estado. Abarca la etnia, el origen nacional, la edad, la discapacidad y el sexo, incluida la orientación sexual, la identidad de género y el embarazo. También cubre la autonomía y la atención sanitaria reproductiva.
El ‘SÍ’ introduce estas protecciones contra la discriminación en la Constitución del Estado de Nueva York. Un ‘NO’ deja estas protecciones fuera de la Constitución del Estado».
Weinstein ordenó una versión revisada del texto que ahora dice lo siguiente:
«Enmienda para proteger contra el trato desigual. Esta propuesta protegería contra el trato desigual basado en la etnia, el origen nacional, la edad, la discapacidad y el sexo, incluyendo la orientación sexual, la identidad de género y el embarazo. También protege contra el trato desigual basado en la atención sanitaria y la autonomía reproductivas.
El ‘SÍ’ introduce estas protecciones en la Constitución del Estado de Nueva York. Un ‘NO’ deja estas protecciones fuera de la Constitución del Estado».
Del mismo modo, el juez revisó el resumen de la Propuesta Número Uno para aportar más claridad. El resumen dice ahora lo siguiente:
«Esta propuesta modifica el Artículo 1, Sección 11 de la Constitución de Nueva York. Actualmente, la Sección 11 protege contra la desigualdad de trato por motivos de raza, color, credo y religión. La propuesta modificará la ley para proteger también contra el trato desigual por motivos de etnia, origen nacional, edad, discapacidad, sexo, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, embarazo, resultados del embarazo y atención sanitaria y autonomía reproductivas. La enmienda permite que las leyes impidan o deshagan discriminaciones pasadas».
David Laska, portavoz del Partido Republicano de Nueva York, dijo en un comunicado que la decisión de la corte es una victoria para los votantes que merecen una descripción directa e imparcial de lo que está en juego.
«La decisión de hoy de la corte significa que los votantes reciben una descripción neutral de la enmienda, y eso es bueno», dijo.
The Epoch Times solicitó comentarios sobre la sentencia al bufete de abogados que presentó la demanda en nombre de los demandantes y a New Yorkers for Equal Rights, la coalición que respalda la enmienda.
Un director de campaña de New Yorkers for Equal Rights dijo a The Associated Press que la enmienda «protegerá permanentemente las libertades fundamentales de los neoyorquinos, incluido el derecho al aborto, y los votantes merecen saberlo en las urnas».
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