La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras de Nicaragua (Siboif) instruyó al sistema financiero nacional aplicar a medias una ley que ordena a los bancos desconocer las sanciones internacionales dictadas contra funcionarios del Estado y/o instituciones públicas nicaragüenses, según una circular divulgada este jueves por la prensa local.
«Las instituciones financieras deberán mantener la observancia de las regulaciones contra el Lavado de Activos y el Financiamiento al Terrorismo», se lee en la circular suscrita por el titular de la Siboif, Luis Ángel Montenegro, dirigida a los gerentes de las entidades bancarias supervisadas en Nicaragua.
“Las instituciones financieras deberán establecer medidas de debida diligencia intensificada para los clientes designados en listas (sancionados) y deberán reportarlos a la Unidad de Análisis Financiero (UAF)”, agrega el documento, titulado «Instrucciones sobre el cumplimiento de la ‘Ley de protección de los nicaragüenses ante sanciones y agresiones externas’, con respecto a las regulaciones contractuales internacionales».
Para el cumplimiento de esa ley, la Siboif también instruyó a los bancos a «verificar» que la prestación de servicios financieros internacionales «a estos clientes (con sanciones externas) guarde correspondencia con las regulaciones contractuales internacionales”.
Ley ha creado preocupación a la banca
La ley, propuesta por el presidente Daniel Ortega y aprobada el lunes pasado por el Legislativo, ha creado preocupación en el sector financiero ante la posibilidad de perder a sus bancos corresponsales en otros países, que les permiten operar a nivel global, lo que les impide ofrecer servicios a personas sancionadas.
La norma establece que «en Nicaragua se declaran nulas y sin efecto jurídico alguno las sanciones impuestas por Estados, grupos de Estados, Gobiernos u organismos extranjeros que violen el derecho internacional», y que «carecen de validez y aplicabilidad en todo el territorio nacional, independientemente de su naturaleza o alcance».
Además establece que ninguna entidad o persona, bajo argumento de sanciones, podrá negar o suspender la provisión de bienes y servicios privados y públicos, sean estos comerciales y financieros, a las personas naturales y jurídicas, entidades privadas e instituciones del Estado.
Además, Nicaragua garantizará que las instituciones reguladas cumplan con el ordenamiento jurídico del Estado, pudiendo imponer sanciones y multas, de conformidad a su marco regulatorio, a las entidades bajo su regulación que violen los derechos de los usuarios y consumidores al aplicar sanciones.
Asimismo, podrán aplicar medidas adicionales a los infractores que lleguen a la suspensión temporal o definitiva de sus operaciones, «sin perjuicio de las responsabilidades penales que correspondan por el delito de Traición a la Patria».
¿Ortega dio un paso atrás?
Para el economista nicaragüense Juan Sebastián Chamorro, la Sibof decidió no cumplir al pie de la letra esa ley, sino que instruyó a los bancos a ajustarse a las normativas internacionales.
Chamorro, dirigente opositor excarcelado y desnacionalizado, consideró que la circular de la Siboif es «una forma de echar atrás” la aplicación de la nueva ley, aunque no signifique su derogación o que exista una contradicción con el documento enviado a los bancos.
«Lo que está diciendo es que la ley existe, que le abran la cuenta a los sancionados sin violentar la ley internacional, pero no los mezclen con el mercado y con las relaciones internacionales de los bancos”, explicó el economista.
El gobierno de Ortega aún no manda la publicación de esa polémica ley al Diario Oficial La Gaceta, por lo que aún no está en vigor.
Además de la vicepresidenta Rosario Murillo, EE. UU. y la Unión Europea han sancionado a cuatro de los hijos de la pareja presidencial; al titular del Banco Central, Ovidio Reyes; al jefe del Ejército, Julio César Avilés; al jefe de la Policía, Francisco Díaz; al presidente del Parlamento, Gustavo Porras, entre otros, así como a entidades públicas.
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