La NLRB prohíbe a las empresas celebrar reuniones antisindicales obligatorias

La decisión revoca un precedente de 75 años y prohíbe a los empresarios exigir la asistencia a reuniones con público cautivo

Por The Epoch Times
14 de noviembre de 2024 4:49 PM Actualizado: 14 de noviembre de 2024 4:49 PM

La Junta Nacional de Relaciones Laborales (NLRB por sus siglas en inglés) dictaminó el 13 de noviembre que los empleadores no pueden exigir a los trabajadores que asistan a reuniones en las que se expongan las opiniones de la empresa sobre la sindicalización, revocando así un precedente de 75 años y redefiniendo los límites legales de las empresas durante las campañas de organización sindical.

La sentencia tiene su origen en una denuncia sobre la conducta de Amazon en sus instalaciones de Staten Island, Nueva York, donde el sindicato Amazon Labor Union (ALU por sus siglas en inglés) estaba llevando a cabo una campaña de este tipo. El ALU alegó que Amazon celebró múltiples reuniones obligatorias durante las horas de trabajo para desalentar el apoyo sindical entre los empleados. La NLRB se mostró de acuerdo y dictaminó que las acciones de Amazon constituían una práctica laboral desleal en virtud del artículo 8(a)(1) de la NLRA.

La Junta consideró que tales reuniones, conocidas como reuniones de «audiencia cautiva», interfieren con los derechos de los empleados en virtud del artículo 7 de la Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRA), que garantiza a los trabajadores la libertad de participar en actividades sindicales o de abstenerse de hacerlo.

«La facultad de obligar a asistir a reuniones de público cautivo no es un incidente de la protección de la expresión de los empleadores prevista en el artículo 8(c)», dijo la Junta en su decisión. Por el contrario, el ejercicio de la facultad de obligar a asistir es la conducta por excelencia mediante la cual los empleadores «interfieren con» el ejercicio de los empleados de sus propios derechos de la Sección 7″.

La decisión se aparta del precedente establecido en el caso Babcock & Wilcox Co. de 1948, que permitía a los empresarios celebrar reuniones obligatorias para expresar sus opiniones sobre la sindicalización. La NLRB razonó que la norma anterior no protegía adecuadamente los derechos estatutarios de los empleados.

«El propósito fundamental de la Ley es limitar el poder tradicional de los empresarios para mandar y controlar a sus empleados, reservando un espacio para que los empleados puedan participar en actividades concertadas protegidas, incluso en el trabajo, durante la jornada laboral», dijo la Junta. «La autoridad de un empleador sobre sus empleados debe equilibrarse con los derechos de los empleados en virtud del artículo 7. Nuestra decisión de hoy establece ese equilibrio. Nuestra decisión de hoy establece ese equilibrio».

En una opinión discrepante, Marvin E. Kaplan, miembro del consejo, argumentó que la decisión de la mayoría entra en conflicto tanto con el artículo 8(c) de la NLRA como con la Primera Enmienda. Sostuvo que los empresarios tienen derecho a expresar sus opiniones, siempre que no amenacen o coaccionen a los empleados, y que las reuniones obligatorias en horario laboral son una práctica habitual.

«Pero exigir a los empleados que asistan a una reunión en la que el empresario expresa su opinión sobre la sindicalización no puede asimilarse razonablemente a estas acciones ilegales», declaró Kaplan en su voto particular. «Por el contrario, la mera asistencia a una reunión de público cautivo no sugiere que los empleados del público mantengan ninguna posición sobre los sindicatos, y mucho menos les obliga a expresar una posición, al igual que la mera asistencia a cualquier reunión no indica que el oyente esté necesariamente de acuerdo con el orador».

En respuesta a la discrepancia, la mayoría declaró que la Primera Enmienda «acomoda cómodamente el sólido derecho de un empleador a expresar sus opiniones sobre la sindicalización con el derecho de un empleado a negarse a escuchar esas opiniones».

La junta aclaró que, aunque los empresarios pueden seguir celebrando reuniones para expresar sus opiniones sobre la sindicalización, la asistencia debe ser voluntaria.

Según la orden, la decisión de la NLRB es prospectiva, lo que significa que se aplicará a casos futuros, pero no penalizará retroactivamente a los empleadores que anteriormente celebraban reuniones obligatorias con arreglo a la antigua norma.

«Las reuniones con público cautivo —que dan a los empresarios una libertad casi ilimitada para imponer su mensaje sobre la sindicalización a los trabajadores bajo amenaza de medidas disciplinarias o despido— socavan este importante objetivo», declaró en un comunicado la presidenta de la NLRB, Lauren McFerran. «La decisión de hoy protege mejor la libertad de los trabajadores para tomar sus propias decisiones en el ejercicio de sus derechos en virtud de la Ley, al tiempo que garantiza que los empleadores puedan transmitir sus puntos de vista sobre la sindicalización de una manera no coercitiva».

Amazon dijo a The Epoch Times en un comunicado que planean apelar la decisión.

«Esta decisión ignora más de 75 años de precedentes, contradice el lenguaje expreso de la NLRA, y viola la Primera Enmienda —es errónea en los hechos y la ley, y tenemos la intención de apelar», escribió la portavoz de Amazon Mary Kate Paradis en un correo electrónico. «Reuniones como ésta se llevan a cabo por muchas empresas porque la decisión sobre si unirse o no a un sindicato es importante, y los empleados merecen entender los hechos para que puedan tomar una decisión informada».


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