La Corte Nacional de Justicia de Ecuador condenó este lunes a siete personas, entre ellas al exvicepresidente Jorge Glas, por un nuevo delito de corrupción en el llamado caso Singue.
Presidido por el juez Ivan León, el tribunal consideró culpables como autores de un delito de peculado a Glas, entonces exministro de Sectores Estratégicos; al exviceministro de Hidrocarburos, Carlos Pareja Yannuzzelli; al exministro de Recursos No Renovables, Wilson Pastor; y al gerente de la empresa Dygoil, César Guerra.
También han sido declarados culpables, en este caso como cómplices, otras tres personas, y ocho han sido declaradas inocentes.
Según la sentencia de primera instancia, los autores deberán cumplir 8 años de prisión y los cómplices 4.
El exvicepresidente se encuentra en prisión desde octubre de 2017, cuando fue detenido, y tres meses después condenado a seis años de prisión, por un caso de asociación ilícita relacionada con la trama de corrupción de Odebrecht.
Glas, que fue vicepresidente con Correa entre 2013 y 2017, ostentaba el mismo cargo bajo la presidencia de Lenín Moreno cuando fue arrestado.
El caso Singue investigaba una trama de corrupción por un delito de malversación de fondos públicos en la adjudicación y explotación de un campo para la extracción de crudo en 2012.
La Fiscalía acusaba a Glas y a otros colaboradores del Gobierno del expresidente Rafael Correa (2007-2017) de haber cometido irregularidades en la contratación del consorcio petrolero DGC, adjudicatario de la operación del Bloque Singue, situado en un sector de la Amazonía ecuatoriana.
El perjuicio se produjo al fijar el precio del barril para la explotación en 33.5 dólares, menor al de la oferta que habían hecho, con un daño al Estado de unos 28 millones de dólares.
Según un informe de la audiencia del Departamento de Comunicación de la Corte Nacional, la Fiscalía consideraba que se produjo «un abuso del recurso estatal no renovable en beneficio de particulares con la atribución de varios servidores públicos, quienes actuaron en la etapa contractual, precontractual y precautelaron el interés particular en lugar del estatal».
Y el Tribunal determinó como probado que «se articularon actuaciones para un beneficio propio y de terceros», que hubo un «delito pluriofensivo, porque afecta a la administración pública y al Estado», y estableció como perjuicio al Estado un monto de 5 millones de dólares, en base a los informes de la Contraloría General del Estado.
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