La Corte Suprema de Justicia de Paraguay aceptó «dar trámite» a un recurso de inconstitucionalidad presentado en 2018 por el expresidente Horacio Cartes en contra de una decisión del entonces de titular del Senado, Fernando Lugo, que le impidió jurar ese año como senador activo.
La Sala Constitucional del Supremo, en una resolución con fecha 25 de julio y difundida este miércoles, respondió así a una acción promovida el 17 de agosto de 2018 por Cartes, quien fue elegido senador por el Partido Colorado en las elecciones de abril de ese año, cuando aún ejercía la Presidencia.
La instancia observó que los requisitos de admisibilidad formal «han sido suficientemente cumplidos por la parte accionante, motivo por el cual corresponde dar trámite» a la acción de inconstitucionalidad.
La resolución no supone una admisión al pedido de fondo, aclaró el diario ABC, según el cual los magistrados deberán determinar si es constitucional o no que Cartes puede ocupar una curul en el Senado.
En concreto, la Sala estudiará el recurso interpuesto en contra de una resolución del 28 de junio de 2018 dictada por Lugo, por la cual se convocó, siguiendo el orden de la lista del Partido Colorado, a Rodolfo Max Friedmann Alfaro «para presentar juramento o promesa correspondiente y ejercer el cargo de senador».
Lugo -elegido senador en 2013 tras haber sido destituido en un juicio político de la Presidencia en junio de 2012- resolvió que Cartes no podía jurar al cargo en la Cámara Alta sobre la base del artículo 237 de la Constitución, que dispone que el Presidente de la República no puede ejercer cargos públicos o privados mientras dure sus funciones.
El mandato de Cartes concluyó el 15 agosto de 2018. En mayo de ese año había presentado su renuncia a la Presidencia, como paso previo para jurar como senador activo, con voto, y no caer en la duplicidad de funciones.
Sin embargo, el Congreso bloqueó la iniciativa por falta de quorum.
El artículo 189 de la Constitución paraguaya establece que los expresidentes electos democráticamente serán senadores vitalicios, «salvo que hubiesen sido sometidos a juicio político y hallados culpables». Tendrán voz, pero no voto.
El viernes pasado, el Departamento de Estado de EE.UU. señaló a Cartes de «actos de corrupción significativos» durante su mandato (2013-2018), y lo declaró «inelegible» para ingresar a su territorio.
Este martes, una comisión de diputados y senadores que investiga el lavado de dinero y otros delitos conexos en el país convocó para el próximo 2 de agosto al exgobernante para que rinda una declaración.
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