Corte federal de Tennessee admite demandas contra X por infracción de derechos de autor

Los demandantes acusaron a X Corp. de permitir indirectamente la infracción de derechos de autor en su plataforma de redes sociales

Por Chase Smith
11 de marzo de 2024 4:42 PM Actualizado: 11 de marzo de 2024 4:42 PM

Un tribunal federal de Tennessee admite a trámite las demandas contra X por infracción de derechos de autor

Una orden judicial permitirá que prosigan algunas demandas por infracción de derechos de autor presentadas contra X Corp. por algunos de los mayores editores musicales del sector. La juez Aleta Trauger también desestimó algunas de las demandas originales contra la empresa, antes conocida como Twitter.

En un detallado memorándum (pdf), el tribunal estimó y desestimó parcialmente la petición de X Corp. de desestimar la demanda por infracción de derechos de autor presentada contra ella por los demandantes.

Los demandantes, que representan a editores de miles de composiciones musicales reclamadas, han acusado a X Corp. de permitir indirectamente la infracción de los derechos de autor en su plataforma de redes sociales, donde los usuarios suelen compartir sin permiso obras protegidas por derechos de autor.

El caso aborda la cuestión más amplia de la infracción de los derechos de autor en las plataformas en línea, un problema que el Congreso trató de resolver mediante la Ley de Derechos de Autor para el Milenio Digital (DMCA) de 1998 y que ha tenido dificultades para resolver desde entonces.

Los editores de música argumentan que X, que empezó siendo una plataforma de mensajes de texto, se ha convertido en un centro de contenidos multimedia, especialmente vídeos con música.

A diferencia de otras empresas de redes sociales que han suscrito acuerdos de licencia con titulares de derechos, se acusa a X de eludir estos costes y beneficiarse de contenidos por cuya licencia no ha pagado.

Análisis y decisión del tribunal

El tribunal diseccionó meticulosamente los argumentos presentados por ambas partes, basándose en precedentes e interpretaciones legales para navegar por las complejas cuestiones de la ley de derechos de autor.

El tribunal desestimó la alegación de infracción directa por parte de X Corp., concluyendo que la plataforma en sí no transmitía material protegido por derechos de autor, sino que simplemente proporcionaba los medios para que los usuarios lo hicieran. Esta distinción sitúa a X más en el papel de transportista, similar a una compañía telefónica, que en el de difusor o espectador de contenidos protegidos por derechos de autor.

El tribunal también desestimó la demanda por infracción indirecta, razonando que X Corp. no tenía el nivel de control sobre sus usuarios que suele exigirse para tal demanda. La decisión subraya la distinción jurídica entre prestar un servicio que podría utilizarse indebidamente para cometer una infracción y controlar activamente dicha infracción o beneficiarse de ella.

Sin embargo, el tribunal encontró motivos para seguir estudiando las reclamaciones por infracción indirecta. En concreto, las acusaciones de que X Corp. proporcionó una aplicación más indulgente de los derechos de autor a los usuarios verificados, tardó en actuar sobre los avisos de retirada y no abordó adecuadamente a los infractores reincidentes que podrían, si se demuestra, constituir una infracción indirecta.

La sentencia mixta subraya el matizado panorama jurídico que rodea a la infracción de los derechos de autor en las plataformas digitales y pone de relieve los retos de equilibrar los derechos de los titulares de derechos de autor con las realidades de la tecnología moderna y las redes sociales.

El origen de la demanda

La demanda se presentó el verano pasado en Nashville en nombre de las grandes editoriales de la «ciudad de la música» (Nashville).
Los demandantes pedían más de USD 250 millones por daños y perjuicios y medidas cautelares por lo que denominaban «infracción deliberada de los derechos de autor» por parte de X.

«Twitter alimenta su negocio con innumerables copias infractoras de composiciones musicales, violando los derechos exclusivos de Publishers y otros en virtud de la ley de derechos de autor», afirmaba la demanda original. «Mientras que numerosos competidores de Twitter reconocen la necesidad de licencias y acuerdos adecuados para el uso de composiciones musicales en sus plataformas, Twitter no lo hace, y en su lugar alimenta la infracción masiva de derechos de autor que perjudica a los creadores de música».

Los demandantes continuaron afirmando que la plataforma de medios sociales, que fue comprada por el multimillonario Elon Musk un año antes por USD 44,000 millones, está «plagada de infracciones de derechos de autor», señalando que este también había sido el caso antes de la adquisición por parte del Sr. Musk.

«Twitter ha participado, ha facilitado a sabiendas y se ha beneficiado de la infracción de los derechos de autor, a expensas de los creadores de música, a quienes Twitter no paga nada», escribieron, añadiendo que hay un «vibrante mercado existente para que las empresas de medios sociales paguen tarifas por el uso de composiciones musicales».

Los demandantes alegaron además que una serie de otras empresas de medios sociales, como TikTok, Facebook, Instagram, YouTube y Snapchat, han firmado acuerdos con editores y otros titulares de derechos para compensar a los creadores por el uso de composiciones musicales.

Añadieron que creen que el uso desenfrenado de la música en la plataforma ha permitido a la empresa «beneficiarse generosamente» de la infracción de los «repertorios de composiciones musicales de los editores».

La demanda se produce después de que la Federación Internacional de la Industria Fonográfica (IFPI), una organización que representa los intereses de la industria discográfica, dijera en febrero de 2022 que Twitter sigue siendo una «preocupación significativa para la industria de la música».

«Twitter almacena y da acceso al público a una gran cantidad de contenidos protegidos por derechos de autor y es una plataforma importante para la distribución de contenidos musicales infractores, tanto de audio, como de vídeo», dijo entonces la IFPI en una presentación de la lista de vigilancia de falsificaciones y piratería de la UE.

La demanda añadía que sus avisos a Twitter en relación con contenidos infractores habían «aumentado» en los últimos años, y que Twitter/X «había optado por reducir significativamente varios de sus departamentos críticos implicados en la revisión de contenidos y en la vigilancia de las infracciones de los términos de servicio, incluidos los equipos jurídico y de confianza y seguridad».

X respondió a una petición de The Epoch Times para comentar las actualizaciones de la demanda con: «Ocupado ahora, por favor vuelva más tarde».

Katabella Roberts contribuyó a este artículo.


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