Después de meses de idas y vueltas con el veto migratorio a países principalmente musulmanes, la Corte Suprema analizará la medida y pondrá en vigencia algunas partes de la misma con algunas variaciones.
La nueva versión además aclara que aquellas personas con visados vigentes y residencias permanentes (Green Card) de los países afectados, tendrán permitido el ingreso al país, así como ciudadanos de doble nacionalidad viajando con un pasaporte de un país que no esté entre los señalados, de acuerdo a la BBC.
La orden ejecutiva original prohibía durante 90 días la entrada a EEUU de ciudadanos de siete países de mayoría musulmana: Irán, Irak, Siria, Yemen, Somalia, Sudán y Libia y también restringía por 120 días el asentamiento de refugiados y prohibía el ingreso a los refugiados sirios indefinidamente.
Con esta nueva versión hay varios cambios:
- Irak se removió de la lista, luego de que este país y EEUU acordaran cooperar más.
- Se levantó la prohibición indefinida de entrada para los refugiados sirios.
- Algunas exenciones de “casos especiales”: personas empleadas por el gobierno de EEUU; personas en necesidad de cuidados médicos urgentes; personas con la intención de vivir o visitar a familiares que son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes.
- El número de refugiados para el año hasta octubre será limitado a 50.000, unos 35.000, menos que los 12 meses anteriores.
- Los ciudadanos provenientes de los seis países de la lista pueden viajar solo si «tienen un argumento creíble de una relación de buena fe con una persona o entidad en Estados Unidos». Según la Corte Suprema, esto incluiría a personas particulares, pero se requeriría una estrecha relación familiar. Con respecto a entidades, la relación debe ser formal, documentada y formada en el curso ordinario en lugar de con el propósito de evadir la orden.
Sí podría ingresar al país:
- Un estudiante inscripto en una universidad estadounidense o un trabajador que aceptó una oferta de trabajo en EEUU (o por ejemplo alguien invitado a dar una conferencia).
No podría ingresar al país:
- Cualquier persona que trate de entablar un vínculo con una organización estadounidense. Por ejemplo, «una organización sin fines de lucro dedicada a asuntos de inmigración no podrá contactar a nacionales de los países designados, añadirlos a listas de clientes, y luego asegurar su ingreso reclamando lesión por su exclusión», de acuerdo a la Corte Suprema.
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Vigencia
El Departamento de Estado de EE.UU. comenzará a implementar la prohibición de viajes del presidente Donald Trump «en forma ordenada» consistente con una orden de la Corte Suprema, informó una vocera de la agencia el lunes, de acuerdo a lo recogido por VOA.
«Mantendremos informados a nuestros socios de la industria de viajes a medida que ponemos en vigencia la orden en una forma profesional, organizada y oportuna», dijo la portavoz del Departamento de Estado, Heather Nauert en un comunicado.
Por su parte, el presidente Donald Trump dijo en un comunicado que la decisión unánime de la Corte Suprema es “una clara victoria para nuestra seguridad nacional”.
“Como presidente no puedo permitir que personas ingresen a nuestro país a hacernos daño. Yo quiero a las personas que puedan amar a EEUU y a todos sus ciudadanos y a aquellos que sean trabajadores y productivos”, indicó el presidente Trump.
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