Corte confirma autoridad del HHS para denegar acceso a médico convicto a programas federales de salud

El HHS está autorizado a excluir a entidades de los programas sanitarios federales en virtud del Título 42 del Código de los EE.UU.

Por Matt McGregor
19 de septiembre de 2024 5:52 PM Actualizado: 19 de septiembre de 2024 5:52 PM

Una corte federal de Nueva York confirmó el 17 de septiembre la decisión del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) de denegar a un médico de Manhattan el acceso a los programas federales de atención sanitaria durante 11 años.

El demandante Asim Hameedi se declaró culpable de conspiración para cometer fraude en la atención médica en febrero de 2018, señala la orden judicial.

Hameedi hizo informes falsos sobre los síntomas, historiales médicos y resultados de pruebas de los pacientes a proveedores de seguros como Medicare y Medicaid mientras presidía una clínica especializada en neurología y cardiología de 2003 a 2015.

Al presentar los informes fraudulentos, pretendía obtener autorizaciones previas para procedimientos y pruebas médicas.
Fue condenado a 20 meses de prisión y a pagar 554,331 dólares en concepto de restitución.

En 2022, la Oficina del Inspector General (OIG) del HHS notificó a Hameedi que quedaría excluido del acceso a programas sanitarios federales durante 11 años.

La OIG basó esta decisión en el hecho de que la actividad fraudulenta supuso una pérdida financiera de más de 50,000 dólares para un organismo público -el umbral mínimo establecido en la legislación federal- y porque la condena de Hameedi implicaba el encarcelamiento.

Hameedi apeló la exclusión de 11 años y consiguió que se redujera a ocho, pero el secretario del HHS, Xavier Becerra, presentó su propia apelación sobre esa decisión, y se restableció el periodo de exclusión de 11 años que antes se consideraba irrazonable.

Becerra está autorizado a excluir entidades de los programas federales de salud en virtud del Título 42 del Código de EE.UU.

«El propósito de la exclusión es proteger todos los programas federales de atención sanitaria del ‘fraude y el abuso, y proteger a los beneficiarios de esos programas de profesionales incompetentes y de una atención inapropiada o inadecuada'», afirmaba la demanda.

«El secretario está obligado a excluir de la participación en cualquier programa federal de atención sanitaria durante al menos cinco años a cualquier persona que haya sido declarada culpable de un delito grave relacionado con el fraude en la atención sanitaria».

Hameedi argumentó que la restricción de 11 años no era razonable porque no estaba respaldada por pruebas y que Becerra «se basó incorrectamente en la cantidad total de restitución ordenada por el tribunal para aplicar el factor agravante de pérdida financiera en lugar de la restitución que realmente pagó en el caso penal subyacente».

En su lugar, Becerra debería haber basado su decisión en el acuerdo dividido de 2021 de Hameedi con un coacusado que le dejaba responsable de sólo 198,657 dólares del total de 554,331 dólares, argumentó Hameedi.

El tribunal concluyó que Becerra consideró adecuadamente todas las penas, incluida la condena de Hameedi y el importe de la restitución, al calcular la fase de restricción de 11 años.

«Al considerar el expediente en su conjunto, la Corte considera que la decisión del Secretario aplicó la norma jurídica correcta, se apoyó en pruebas sustanciales, no fue arbitraria ni caprichosa y otorgó al demandante el proceso que le correspondía», dictaminó el tribunal.


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