Corte Suprema falla a favor de Twitter, Google y Facebook en caso de responsabilidad por contenido

Por Matthew Vadum
18 de mayo de 2023 5:23 PM Actualizado: 18 de mayo de 2023 5:23 PM

El 18 de mayo, la Corte Suprema dio la razón por unanimidad a Twitter, Google y Facebook, declarando en un par de sentencias que los gigantes de Silicon Valley están exentos de responsabilidad por los contenidos posteados por los usuarios.

Las demandas surgieron tras atentados terroristas islámicos mortales en el extranjero. Las familias de las víctimas alegaron que las grandes empresas tecnológicas eran responsables porque permitieron que se postearan videos terroristas en Internet o no hicieron lo suficiente para vigilar las cuentas terroristas que publicaban los videos.

Las grandes tecnológicas y sus partidarios estaban muy preocupados por la posibilidad de que el tribunal invalidara la Sección 230 de la Ley Federal de Decencia en las Comunicaciones de 1996, que impide en general que las plataformas de Internet y los proveedores de servicios de Internet sean considerados responsables de lo que los usuarios digan en ellas. Afirman que la disposición legal, a veces llamada «las 26 palabras que crearon Internet», ha fomentado un clima online en el que ha florecido la libertad de expresión.

Tanto el presidente Joe Biden como el expresidente Donald Trump han atacado la Sección 230, pidiendo su derogación, pero en las dos sentencias, la Corte Suprema eludió la cuestión de la Sección 230, para alivio de las empresas tecnológicas.

Durante los alegatos orales del 21 de febrero, los jueces debatieron hasta qué punto las plataformas de redes sociales deben ser consideradas responsables cuando los grupos terroristas utilizan las plataformas para promover su causa.

El presidente de la Corte Suprema, John Roberts, dijo que a pesar de cualquier algoritmo que YouTube pueda utilizar para empujar a los usuarios a ver videos, la empresa «sigue sin ser responsable del contenido de los videos … o del texto que se transmite».

La jueza Elena Kagan dijo a un abogado de una de las familias: «Puedo imaginar un mundo en el que tienes razón en que nada de esto recibe protección».

«Y, ya sabe, cualquier otra industria tiene que internalizar los costes de su conducta. ¿Por qué la industria tecnológica tiene un pase libre? Es un poco confuso», dijo.

«Por otro lado, quiero decir, somos un tribunal. Realmente no sabemos nada de estas cosas. No se trata de los nueve mayores expertos de Internet», dijo Kagan entonces.

La nueva decisión de la Corte Suprema de 38 páginas (pdf) en Twitter Inc. contra Taamneh, expediente judicial 21-1496, fue redactada por el juez Clarence Thomas.

El juez asociado de la Corte Suprema Clarence Thomas en la Sala Este de la Casa Blanca el 8 de octubre de 2018. (Chip Somodevilla/Getty Images)

Twitter pidió al tribunal que revisara una sentencia de un tribunal inferior a favor de un ciudadano jordano muerto en un ataque del grupo terrorista ISIS en un club nocturno de Estambul. La compañía argumentó que no debería ser considerada responsable de actos de terrorismo internacional si el grupo utilizó su plataforma. La familia de la víctima fallecida, Nawras Alassaf, alegó que las plataformas de las redes sociales no hicieron lo suficiente para retirar los videos del ISIS.

Thomas escribió que los demandantes pretendían responsabilizar a Twitter, Facebook y Google «del atentado terrorista que presuntamente les causó lesiones», pero el tribunal concluyó «que las alegaciones de los demandantes son insuficientes para establecer que estos demandados ayudaron e instigaron al ISIS a llevar a cabo el atentado en cuestión».

La conexión entre las plataformas online y el ataque al club nocturno estaba «muy lejos», escribió.

«Las alegaciones que los demandantes hacen aquí no son el tipo de asistencia generalizada, sistémica y culpable a una serie de actividades terroristas que podrían describirse como ayuda e incitación a cada acto terrorista de ISIS», escribió Thomas.

La Corte Suprema revocó la decisión del Tribunal de Apelaciones de EE. UU. para el 9º Circuito.

La breve decisión de la Corte Suprema, de 3 páginas (pdf), en el caso Gonzalez contra Google LLC, expediente judicial 21-1333, no fue firmada. La empresa matriz de Google es Alphabet Inc.

Fotografía de archivo del logo de Google. EFE/Justin Lane

El caso se remonta a 2015, cuando la estudiante Nohemi Gonzalez, de 23 años y ciudadana estadounidense, fue asesinada en un atentado del ISIS en París. El asesinato formaba parte de una serie más amplia de atentados que el grupo terrorista llevó a cabo en esa ciudad y que se saldaron con 129 muertos. Su familia interpuso una demanda, alegando que Google, propietaria de YouTube, era responsable en virtud de la Ley Federal Antiterrorista por contribuir a los esfuerzos de reclutamiento del ISIS mediante el supuesto uso de algoritmos para dirigir a los usuarios a videos del ISIS.

Los demandantes afirmaban que Google había permitido a sabiendas que el ISIS publicara en YouTube cientos de videos radicalizadores que incitaban a la violencia y reclutaban a posibles seguidores para unirse a las fuerzas del ISIS que aterrorizaban una amplia zona de Oriente Próximo, y para llevar a cabo atentados terroristas en sus países de origen», según la petición de la familia.

Gracias a las recomendaciones basadas en algoritmos, los usuarios «pudieron localizar otros videos y cuentas relacionados con el ISIS incluso si no conocían el identificador correcto o si la cuenta original de YouTube había sido sustituida».

Los servicios de Google «desempeñaron un papel singularmente esencial en el desarrollo de la imagen del ISIS, su éxito a la hora de reclutar miembros de todo el mundo y su capacidad para llevar a cabo atentados». La denuncia original presentada en el caso añadía que «los funcionarios de Google eran plenamente conscientes de que los servicios de la compañía estaban ayudando al ISIS».

Facebook logo
El logotipo del servicio de redes sociales Facebook en la pantalla de una computadora portátil. (Kirill Kudryavtsev/AFP vía Getty Images)

El 9º Circuito dictaminó que, en virtud de la Sección 230, las recomendaciones de visualización estaban protegidas por la legislación federal, aunque la sección «ampara más actividad de la que el Congreso previó que ampararía». Google negó su responsabilidad alegando que le resulta imposible revisar todos los videos que se suben a YouTube, que acepta más de 500 horas de contenidos nuevos cada minuto.

Pero la Corte Suprema consideró innecesario «abordar la aplicación de la [sección] 230 a una demanda que parece exponer poco o nada plausible». Los jueces anularon una sentencia del 9º Circuito y devolvieron el caso a ese tribunal para que lo reconsidere «a la luz de nuestra decisión en Twitter».

La abogada general de Google, Halimah DeLaine Prado, celebró las decisiones de la Corte Suprema.

«Innumerables empresas, académicos, creadores de contenidos y organizaciones de la sociedad civil que se unieron a nosotros en este caso estarán tranquilos por este resultado», dijo en un comunicado.

«Seguiremos trabajando para salvaguardar la libertad de expresión online, combatir los contenidos nocivos y apoyar a las empresas y creadores que se benefician de Internet».


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