Embriones in vitro son niños protegidos por la ley, sostiene en su fallo la Corte Suprema de Alabama

Por Naveen Athrappully
19 de febrero de 2024 8:03 PM Actualizado: 19 de febrero de 2024 9:16 PM

La Corte Suprema de Alabama declaró el 16 de febrero que los embriones humanos conservados fuera del útero son niños, según la normativa estatal y, por tanto, están amparados por las leyes de homicidio culposo.

La sentencia se produjo en el marco de una demanda en la que los demandantes reclamaron daños y perjuicios por los embriones almacenados en una instalación criogénica que fue destruida.

En su decisión, la Corte Suprema de Alabama señaló que la cuestión central en el caso era si los niños no nacidos que se encuentran fuera de un útero biológico en el momento en que les causaron la muerte, están exentos de la Ley de Muerte Injusta de un Menor.

«La respuesta a esa pregunta es no: la Ley de Homicidio Culposo de un Menor se aplica a todos los niños no nacidos, independientemente de su ubicación», decidió la corte en una sentencia con 7 votos a favor y 2 en contra.

“Ni el texto de la Ley de Muerte Injusta de un Menor ni los precedentes de esta Corte excluyen a los niños extrauterinos de la cobertura de la Ley. Los niños no nacidos son ‘niños’ según la Ley, sin excepción basada en la etapa de desarrollo, la ubicación física o cualquier otra característica auxiliar”, dijo la corte en su opinión mayoritaria.

Embriones destruidos

El caso fue presentado por un grupo de parejas contra una clínica de fertilidad operada por el Centro de Medicina Reproductiva. Entre 2013 y 2016, las parejas acudieron al centro para someterse a tratamientos de fecundación in vitro (FIV). El centro logró unir óvulos y espermatozoides fuera del útero, gestar los embriones durante unos días y colocarlos en una “guardería criogénica”.

La guardería es una instalación diseñada para mantener vivos los embriones en un estado de desarrollo fijo, conservándolos a baja temperatura. Si se mantiene adecuadamente, el embrión puede permanecer vivo «indefinidamente».

En diciembre de 2020, un paciente del centro entró en la clínica, entró en la guardería criogénica y extrajo varios embriones. Dado que los embriones se almacenaron a temperaturas bajo cero, la extracción “quemó por congelación” las manos del paciente, lo que provocó que el individuo dejara caer los embriones al suelo, lo que terminó matándolos.

Posteriormente, los demandantes se querellaron contra el centro y a la asociación que lo gestiona, señalando que la instalación estaba obligada a mantener la guardería criogénica asegurada y supervisada en todo momento. Ellos hicieron reclamaciones en virtud de la Ley de Muerte Injusta de un Menor de Alabama. El centro y la asociación presentaron mociones para desestimar las demandas de muerte por negligencia.

La corte de primera instancia se puso del lado del centro y afirmó que los embriones criopreservados no cumplen con la definición de “niño” o “persona”. Como tal, la pérdida de los embriones no podría desencadenar una demanda por muerte por negligencia. Los demandantes apelaron y el asunto llegó a la Corte Suprema de Alabama.

Niños extrauterinos

Los demandantes plantearon varias preocupaciones en el caso, con respecto a la exención de los niños extrauterinos de la Ley de Muerte Injusta de un Menor.

Tal medida privaría a sus padres de cualquier recurso civil contra las personas que matan a su feto después de que el niño haya salido del útero, pero antes de haber salido completamente del canal de parto, dijeron los demandantes. También advirtieron que la exención podría plantear “serias cuestiones constitucionales”.

Los demandados, por su parte, argumentaron que los embriones no califican como un niño o una persona. Según el fallo mayoritario, los demandantes señalaron que tal condición significaría que “incluso un bebé o un niño pequeño a término concebido mediante FIV y gestado hasta el término en un ambiente in vitro no calificaría como ‘niño’ o ‘persona'».

“Entonces si esos niños no fueran ‘niños’ o ‘personas’ legales, entonces sus vidas no estarían protegidas por la ley de Alabama. Los demandantes argumentan que este tipo de trato desigual violaría la Cláusula de Igual Protección de la 14ª Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos”.

Los demandados argumentaron que no crear una exención para los niños extrauterinos daría lugar a resultados de una política pública «no deseable».

También afirmaron que la falta de una exención “aumentaría sustancialmente el costo de la FIV en Alabama” y haría onerosa la preservación criogénica. La Asociación Médica del Estado de Alabama dijo en su escrito amicus curiae que los “costos y problemas de almacenamiento serían prohibitivos”.

El fallo señaló que estos son argumentos centrados en políticas que pertenecen a la Legislatura estatal y no a la corte. Los jueces deben ajustar sus fallos de conformidad con la ley y la Constitución, afirmaron los jueces.

«No es función de esta Corte elaborar una nueva limitación basada en nuestra propia visión de lo que es o no una política pública sensata», dijo la corte. Esto es especialmente cierto cuando la Constitución de Alabama tiene una enmienda «dirigida directamente a impedir que las cortes excluyan la ‘vida no nacida’ de la protección legal».


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