Juristas advierten que el uso obligatorio de mascarillas en centros sanitarios establecido desde el miércoles 9 de enero por el Gobierno español, a través del Ministerio de Sanidad, podría ser inconstitucional.
El pasado ocho de enero, la ministra Mónica García junto a las consejerías de las Comunidades Autónomas, se reunieron para evaluar dentro de un plazo de 48 horas el actual panorama de contagios por virus respiratorios que se han extendido por todo el país.
De acuerdo con el Ministerio de Sanidad, a través de una Declaración de Actuación Coordinada se busca que todas las comunidades autónomas se adhieran e implementen la normativa sanitaria y por otro lado se busca brindar un respaldo jurídico a las comunidades que ya las han implementado.
La declaración de actuaciones coordinadas, la cual se emplea en virtud del artículo 65 de la ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, obliga a todas las partes incluidas en ella y deberán encuadrarse en alguno de los supuestos siguientes:
- Responder a situaciones de especial riesgo o alarma para la salud pública.
- Dar cumplimiento a acuerdos internacionales, así como a programas derivados de las exigencias de la normativa emanada de la Unión Europea, cuando su cumplimiento y desarrollo deba ser homogéneo en todo el Estado.
Sin embargo, la medida impulsada desde el Ministerio de Sanidad podría ser inconstitucional, según declararon fuentes jurídicas a The Objective.
“No sólo no existe una necesidad urgente sanitaria, sino que tampoco la situación es incardinable en los supuestos habilitantes que contempla el artículo 65: ni hay que dar cumplimiento a acuerdos internacionales, ni tampoco hay que responder ante un especial riesgo o alarma para la salud pública”, expresó la abogada gerente del bufete Novalex Spain, Guadalupe Sánchez.
«Lo cierto es que, si así fuera, tendrían que acudir a los mecanismos previstos en el artículo 116 de la Constitución y LO 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio», agregó la abogada.
Esteban Gómez Rovira, abogado especialista en derecho sanitario consultado por The Objective, señaló que “no existen datos objetivos para declarar la alarma sanitaria, que en derecho es lo que se llama un Concepto jurídico indeterminado. Eso otorga discrecionalidad. Pero no arbitrariedad, cuya interdicción se declara en el artículo 9 de la Constitución”.
De acuerdo con un reciente informe del Sistema de Vigilancia Respiratoria Aguda (SiVIRA) del Instituto de Salud Carlos III, el número de ingresos hospitalarios por gripe incrementaron en un 60% a lo largo de una semana en España.
En la última semana de diciembre la tasa global de infección respiratoria aguda en Atención Primaria fue de 952,9 casos por cien mil, una cifra que superó a los 533,4 registrados a comienzos del mismo mes.
Sin embargo, expertos en el campo de la salud cuestionan si realmente se debe tratar el panorama actual de contagios en España como una situación alarmante.
El virólogo y profesor de Microbiología, Raúl Ortiz de Lejarazu aseguró recientemente a través de la plataforma X, que «Estamos asistiendo a un invierno con gripe como viene ocurriendo desde que estos virus (A, B y menos el C, excepcional el D) infectan a los sapiens. Esto ocurre desde hace miles de años se llama ‘epidemia estacional de gripe’, no ola, ni oleada, ni tripledemia».
Estamos asistiendo a un invierno con gripe como viene ocurriendo desde que estos virus (A, B y menos el C, excepcional el D) infectan a los sapiens.
Esto ocurre desde hace miles de años se llama “epidemia estacional de gripe” No ola, ni oleada, ni “tripledemia” ? ??— R Ortiz de Lejarazu????? (@DrLejarazu) January 9, 2024
De acuerdo con el experto en salud, es normal que los síntomas de la gripe aumenten en el mes de enero, durante la primera quincena y presente un aumento, agregando que es un fenómeno que viene ocurriendo desde hace aproximadamente 17 años.
De acuerdo con Fátima Matute, consejera de Sanidad de la Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, la situación epidemiológica de la gripe en la región obedece a un pico estacional y no supone ninguna situación excepcional respecto a años anteriores.
El sistema de vigilancia de enfermedades de declaración obligatoria de la Comunidad de Madrid (EDO) refleja que durante los primeros 7 días de enero «se ha producido una ralentización en la velocidad de crecimiento de nuevos casos», de acuerdo con lo informado por Europa Press.
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