El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dio su visto bueno a la extradición del mexicano Ismais Sánchez Sánchez desde el Reino Unido a Estados Unidos, que lo reclama para juzgarlo por tráfico de drogas, al no haber demostrado que corre peligro de ser condenado a pasar toda la vida entre rejas.
En una sentencia dictada este jueves, la gran sala del Tribunal de Estrasburgo consideró de forma unánime que la extradición de Sánchez Sánchez no le expone a un trato inhumano o degradante.
Fue detenido en el aeropuerto londinense de Heathrow en abril de 2018 y ha estado encarcelado en la prisión británica de Wandsworth.
En junio de 2020 presentó un recurso ante el TEDH para intentar paralizar su extradición a EE.UU. con el argumento de que allí sería condenado a cadena perpetua sin posibilidad de beneficiarse de libertad condicional.
Entendía que eso sería un trato inhumano y/o degradante y violaría el Artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La Justicia estadounidense cree que Sánchez Sánchez era el co-líder de una red de tráfico de drogas con base en México que controlaba la distribución de estupefacientes en Estados Unidos. Cuatro de sus compañeros ya han sido condenados a sentencias de entre siete y veinte años de cárcel, y un quinto falleció por sobredosis de fentanilo.
Para el Tribunal de Estrasburgo, el supuesto narcotraficante no ha podido demostrar que “en caso de ser condenado en Estados Unidos por los delitos imputados, hubiera un riesgo real de ser sentenciado a cadena perpetua sin libertad condicional».
De hecho, hizo notar que ninguno de sus compañeros había recibido una sentencia similar y las cadenas perpetuas no se aplican frecuentemente para ese tipo de delitos ni por los tribunales federales (en 2013, solo un tercio de los casos de tráfico de drogas recibieron la prisión permanente) ni en el distrito de Georgia del norte, en el que Sánchez Sánchez debería ser juzgado.
Además, al ser juzgado tendría la oportunidad de «presentar pruebas sobre cualquier factor atenuante» y obtener una sentencia por debajo de la prisión permanente, según los jueces europeos.
Por ello, dictaminaron que extraditarlo a Estados Unidos no violaría el Artículo 3 del convenio.
La corte europea ya había establecido anteriormente que este tipo de condenas de cadena perpetua no implican una violación de dicho artículo, dado que en Estados Unidos se ofrecen dos vías para reducir el tiempo efectivo en prisión.
En otra sentencia con ciertas similitudes, el TEDH también autorizó este jueves a Italia a extraditar a una estadounidense, Beverly Ann McCallum, que está inculpada en su país por el asesinato de su exmarido en 2002.
Los jueces de Estrasburgo señalaron que McCallum no corre el riesgo de pasar toda su vida entre rejas ya que las autoridades estadounidenses se han comprometido ante la Justicia italiana a que, en caso de ser condenada, no se le imponga la pena de cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional.
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