La administración Trump instó a la Corte Suprema que excluya a los extranjeros ilegales del recuento del Censo 2020, para eliminar a esa población de la asignación de escaños en el Congreso y de los votos del Colegio Electoral que determinan oficialmente la presidencia.
El argumento oral se llevó a cabo telefónicamente el 30 de noviembre en el caso conocido como Trump v. Nueva York. La audiencia fue programada para durar 80 minutos, pero duró 93. La máxima corte adelantó el caso porque se aproximan varias fechas límite relacionadas con el censo. Se podría tomar una decisión a fines de año.
La administración Trump quiere que los extranjeros ilegales sean excluidos del conteo del censo decenal para evitar que tengan un impacto en la distribución del poder político entre los estados. El eventual fallo de la Corte Suprema en el caso podría tener repercusiones nacionales.
Los gobiernos estatales y locales, incluidas las denominadas jurisdicciones santuario, las cuales se niegan a cooperar con los funcionarios federales de inmigración, presentaron una demanda para evitar que el plan de la administración avance. Ellos argumentaron que el presidente republicano Donald Trump está intentando interferir con el recuento y evitar que las áreas de tendencia demócrata con grandes poblaciones de inmigrantes ilegales obtuvieran escaños en el Congreso.
Tres congresistas republicanos presentaron un escrito amigo de la corte alegando que hay suficientes extranjeros ilegales en Estados Unidos para abarcar entre 15 y 33 escaños en la Cámara de Representantes de EE. UU. y un número equivalente de votos en el Colegio Electoral, como informó The Epoch Times previamente.
Durante la audiencia, la jueza Amy Coney Barrett le dijo al fiscal general del estado interino Jeffrey Wall que “mucha de la evidencia histórica y la práctica de larga data realmente va en contra de tu posición (…) Hay evidencia de que en la época de la fundación, un habitante era un morador que vive o reside en un lugar”.
La Corte Suprema ha declarado que “si usted ha entrado ilegalmente, no se le trata como si estuviera residiendo o morando aquí; se le trata como si se le detuviera en la frontera”, respondió Wall.
“[El otro lado] realmente no tiene ninguna respuesta a por qué esos casos no deberían aplicarse igualmente aquí y decir, mire, si la prueba es un residente habitual o establecido, no se cree que sea un residente, e incluso si lo es, no hay nada habitual o establecido sobre su residencia si su presencia viola la ley federal y la soberanía no ha accedido a permitirle quedarse», agregó.
Barrett dijo: «Si una persona indocumentada ha estado en el país durante, digamos, 20 años (…) incluso si es ilegal, como usted dice, ¿Por qué (…) esa persona no tendría una residencia establecida aquí?»
Wall respondió: “Alguien que ha trabajado en una embajada durante 15 o 20 años (…) ciertamente tiene vínculos con la comunidad, y sin embargo los hemos excluido en algunos censos anteriores porque no son el tipo de vínculos, al igual que con los extranjeros ilegales, los cuales equivalen a residencia o morada o lo que ‘el fallo de 1993 de la Corte Suprema en Franklin vs. Massachusetts’ llama lealtad vínculo duradero».
La fiscal general del estado de Nueva York, Barbara D. Underwood, dijo a la corte que la administración Trump estaba equivocada.
“La Constitución y las leyes exigen que los escaños en la Cámara se distribuyan de acuerdo con el número de personas en cada estado”, dijo.
La política de Trump “considera el recuento de personas como una recompensa que se debe retener a los estados que albergan a inmigrantes indocumentados. Pero nuestra ley considera que contar a las personas para el prorrateo es establecer un hecho, no dar y retener recompensas”, dijo Underwood.
El juez Brett Kavanaugh le dijo a Underwood: «Usted ha presentado argumentos constitucionales y legales contundentes sobre los méritos de una exclusión categórica de todos los no ciudadanos ilegales».
Barrett señaló a Underwood que la administración Trump podría tener discreción para decidir qué categorías de personas podrían ser excluidas del recuento del censo, y que al resolver los asuntos legales en este caso con una prisa indebida podría generar más problemas legales posteriormente.
Barrett dijo que si, como explicó Wall, la administración Trump «solo puede identificar ciertas categorías y (…) si eso significa que habría un litigio caso por caso sobre si tales categorías deberían contar o no, ¿no favorece eso a la espera, de que tal vez no haya perjuicios aquí porque no estamos realmente seguros de cuáles serían los contornos de la decisión?»
Excluir a las personas sobre la base de su estatus migratorio es algo que los autores de la Constitución rechazaron, dijo Underwood.
“Las personas que viven en un estado sin estatus migratorio legal igual viven allí. Ellos no son invisibles. Y, como otros residentes, votantes y no votantes, su presencia requiere la atención del gobierno y la necesidad de que los representantes les den esa atención”, agregó.
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