Tribunal de Apelaciones confirma ley de Ohio que prohíbe abortos por síndrome de Down

Por Janita Kan
14 de abril de 2021 1:36 PM Actualizado: 14 de abril de 2021 1:36 PM

Un Tribunal de Apelaciones del Sexto Circuito dividido dio luz verde el martes a una ley de Ohio que pretende proteger a los niños no nacidos con síndrome de Down de ser sometidos a abortos selectivos.

El pleno del 6º Circuito dictaminó en una decisión de 9-7 (pdf) revertir un fallo de un tribunal inferior que bloqueaba la aplicación de la ley H.B. 214, conocida como «Ley de no discriminación por síndrome de Down». La ley de 2017 prohíbe a un médico realizar un aborto si tiene conocimiento de que el motivo de la madre para abortar el embarazo se debe a un diagnóstico prenatal de síndrome de Down. Los médicos que infrinjan la ley podrían ser sancionados penalmente y dar lugar a la revocación de su licencia médica.

La mayoría argumentó que los demandantes —cuatro proveedores de servicios médicos y un médico— no habían demostrado la probabilidad de que su demanda tuviera éxito. Los demandantes habían argumentado que la ley era inconstitucional y que obstaculizaba el derecho a un aborto sin responsabilidades. La Unión Americana de Libertades Civiles representó a los demandantes en este caso.

Pero el panel mayoritario no estuvo de acuerdo. Dijo que la ley no impone una «carga indebida» a las mujeres que buscan un aborto y que cualquier obstáculo que la ley imponga a las madres que buscan un aborto es «incidental y aceptable». Los jueces dijeron que si un médico se inhabilita para realizar un aborto para cumplir con la ley H.B. 214, la madre aún podría conseguir otro médico, que no conozca el motivo del aborto, para realizarlo.

«Ciertamente, incluso con un referente, esto podría llevar algo de tiempo, probablemente costaría algo de dinero adicional, y podría obligarla a viajar más lejos de lo que habría tenido que hacerlo de otra manera. Pero, sin nada más, el Tribunal ya ha determinado que este tipo de cargas no alcanzan el nivel de un obstáculo objetivamente sustancial», escribió el panel.

La cuestión en este caso, argumentó el panel, no tiene que ver con el derecho o la capacidad de la mujer para obtener un aborto, sino que la ley regula si los médicos pueden realizar un aborto si conocen la intención de la madre de abortar. La ley en sí no penaliza a una madre que busca un aborto por su temor a que su hijo pueda nacer con síndrome de Down.

«Prohíbe a un médico abortar un embarazo si sabe que el propósito de la mujer es impedir el nacimiento de un niño que tendrá síndrome de Down, pero permite ese mismo aborto si el médico no lo sabe. Por lo tanto, desde la perspectiva de los demandantes, regula (a través del médico) el motivo de la decisión de la mujer», afirma el dictamen.

La mayoría también consideró que el tribunal de distrito también se equivocó cuando emitió la orden judicial preliminar para bloquear la ley sobre la base de que la ley «erradicaba el derecho de la mujer al aborto», escribió el panel. Los jueces afirmaron que el derecho al aborto, incluso antes de la viabilidad, no es absoluto y que los estados pueden seguir regulando este tipo de abortos siempre que no impongan una «carga indebida» a la capacidad de la mujer para interrumpir su embarazo.

«Sencillamente, no existe un derecho absoluto o per se al aborto basado en la fase del embarazo. El tribunal de distrito se equivocó al sostenerlo, y los demandantes no pueden tener éxito en esa propuesta por sí solos o mostrar alguna probabilidad de que puedan hacerlo ”, dijeron.

En la disidencia, el presidente del Tribunal, Ransey Guy Cole, dijo que cree que «la ley H.B. 214 es indudablemente una restricción al aborto» y argumentó que el fallo de la mayoría es un «intento de eludir un problema constitucional» pero que «solo [aterriza] en otro».

«Ohio puede creer que solicitar un aborto debido a un diagnóstico fetal de síndrome de Down es ofensivo y discriminatorio. Pero el Estado no puede prohibir el discurso por ser ofensivo o incluso discriminatorio», dijo Coles, explicando que la ley solo restringe la información y las opiniones que una madre puede compartir con su médico.

«En su prisa por conciliar la ley con el derecho de la mujer al aborto, la mayoría convierte la H.B. 214 en una ley de no preguntar, no decir. Mientras los médicos no pregunten y las mujeres no lo digan, la mayoría nos asegura que las mujeres siguen siendo libres de ejercer sus derechos constitucionales», escribió.

Por su parte, la jueza de circuito Bernice Bouie Donald emitió una mordaz discrepancia con la opinión de la mayoría, y describió la ley como «el brazo largo del Estado —con la amenaza de un delito de clase cuatro— metiéndose a la fuerza en una conversación profundamente íntima entre médico y paciente y diciéndole a la paciente que guarde silencio sobre su historial médico o, peor aún, que mienta a propósito sobre él».

Ohio había introducido la ley en un esfuerzo por proteger a los miembros de la comunidad con síndrome de Down —tanto a los nacidos como a los no nacidos— de los abortos discriminatorios, para defender a las familias de las prácticas sanitarias coercitivas que fomentan los abortos selectivos por síndrome de Down, y evitar que los médicos se conviertan en partícipes involuntarios de dichos abortos, dijo el tribunal.

Jessie Hill, abogada colaboradora de la ACLU de Ohio, dijo en un comunicado que estaban «decepcionados» por la decisión.

«Las pacientes deberían tener toda la información deseada sobre su embarazo, y ser animadas a hacer preguntas de forma confidencial para tomar la decisión tan personal de abortar libremente, sin la presencia de políticos en la sala de examen. Es lamentable que el tribunal haya concedido tan poca importancia a la comunicación abierta y honesta en la relación médico-paciente», dijo Hill.

Por su parte, la presidenta del grupo provida Susan B. Anthony List alabó la sentencia, afirmando que el tribunal defiende a Ohio como un refugio seguro para los bebés no nacidos con síndrome de Down.

«Esta ley incluye medidas razonables y compasivas para evitar la discriminación letal en el útero. También reconocemos y celebramos que esta legislación tiene el potencial de plantear un desafío significativo a Roe v. Wade. Ahora que se ha producido una división de circuitos sobre la cuestión de si los estados pueden prohibir la práctica eugenésica del aborto por discriminación, la Corte Suprema tiene aún más razones para intervenir en este importante asunto y declarar estas leyes como constitucionales. Animamos al alto tribunal a que actúe ahora que esta cuestión ha sido objeto de mayor consideración en los tribunales inferiores. Los abortos discriminatorios basados en el sexo, la raza y la discapacidad no son menos que la eugenesia moderna, y deben terminar rápidamente», dijo la presidenta Marjorie Dannenfelser.

Esto se produce después de que un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones del 8º Circuito fallara en enero a favor del bloqueo de una ley similar en Arkansas. El martes, la fiscal general republicana de Arkansas, Leslie Rutledge, pidió a la Corte Suprema de Estados Unidos que revisara el fallo de enero.

El caso es Preterm-Cleveland et al v McCloud et al, No. 18-3329.

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